La investigación penal de los delitos de violencia de género se fortalece
Quito, 17 de julio del 2015.- La persecución penal de los delitos contra la mujer e integrantes del núcleo familiar, así como los que vulneran los derechos a la igualdad y a la vida es el objetivo de las Unidades Especializadas en Violencia de Género (UEVG) de la Fiscalía General del Estado.
Para lograrlo, Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General, dispuso el 22 de junio del 2015 mediante Resolución-043, la creación de las UEVG como un plan piloto que se implementa en las 12 provincias con mayor incidencia de estos delitos. Bajo esta normativa se amplían y potencian los servicios que entregan a la ciudadanía las, hasta ahora, fiscalías de delitos sexuales y violencia intrafamiliar.
La diferencia entre la UEVG con las fiscalías que han prestado sus servicios está en la aplicación de pericias para investigar cada uno de los delitos de violencia de género. El propósito es que prevalezcan los derechos de inviolabilidad de la vida, integridad personal, física, psíquica, moral, sexual y no revictimización para que sea un círculo de atención prioritaria hacia las víctimas.
Por ejemplo, la investigación de un asesinato no tiene la misma mecánica pericial que la de un femicidio, porque este último, sea en grado de tentativa o consumación, es el resultado de un ciclo de violencia de género.
En su Resolución, Chiriboga Zambrano determina la adopción de los protocolos de actuación para este tipo de casos. Es decir, que mediante pericias enfocadas a estos delitos se prueben las infracciones penales ante los jueces.
Incluye la especialización de los fiscales, secretarios y asistentes en el tratamiento de delitos de Violencia de Género. Con la adopción de estándares mínimos de investigación, aplicación de protocolos y pericias acordes a cada caso, los fiscales indaguen cómo se inició el ciclo de la violencia de género.
Con esta creación, la Fiscalía cumple con el artículo 81 de la Constitución de la República que ordena que se nombren fiscales especializados para el tratamiento de los casos de delitos de violencia intrafamiliar y contra personas, cuyo grado de vulnerabilidad requiere de una mayor protección.
Asimismo, se atiene al artículo 443.4 del Código Orgánico Integral Penal, que ordena a la Fiscalía “garantizar la intervención de fiscales especializados” en casos donde se investiguen los delitos antes mencionados.
El plan piloto se aplicará en 12 provincias
Las UEVG se potencian como una estrategia institucional de la Fiscalía durante el 2015, en las 12 provincias con mayor tasa de incidencia en delitos de Violencia de Género y con miras a completar las 24 provincias en el 2016. Así se entregará a la ciudadanía un servicio mejorado, completo e integral en materia de investigación penal.
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Los relatos de la violencia de género
“Prácticamente llegaba borracho todos los días y lo primero que hacía era buscarme para golpearme por nada, lo hacía delante de los bebes. Tiraba todas las cosas al piso y amenazaba con botarme de la casa. La situación empeoraba cuando mis familiares me visitaban y muchas veces hasta los vecinos debían intervenir para evitar que me siga pegando”, es la historia de Narcisa N.
Ella denunció el maltrato cometido por su cónyuge por más de 5 años, porque el 7 de abril 2015 su esposo atentó contra su integridad armado con un cuchillo de cocina, algo que según Narcisa N. “no había pasado antes”.
Miriam Moncayo, fiscal de la UEVG de Guayas, dijo que una vez conocida la denuncia y, tras el reconocimiento médico legal que determinó una incapacidad física de 31 días para Narcisa, notificó al juez. Pidió la adopción de varias medidas de protección a la víctima que aún están vigentes, como es la boleta de auxilio y la restricción de acercarse al domicilio y a determinados sitios, según se establece en el artículo 558 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
La funcionaria manifestó que al menos el 50% de casos de los casos de violencia se produce por celos. Este corresponde al porcentaje derivado del problema de alcoholismo, que bordea el 10 %, cuya agresión casi siempre ocurre en el domicilio de la pareja.
Otro caso que investiga la Fiscalía en Guayas es el de Giselle H., de 38 años. La mujer denunció el 8 de mayo del 2015 que su conviviente tomaba con ella afuera de la casa, en el centro de Guayaquil, cuando comenzó a golpearla.
“Le reclamé por otra mujer que tuvo y cuando me di cuenta cogió unas piedras y me golpeó hasta romperme la cabeza. Logré escaparme, pero me siguió y me detuvo para patearme el estómago. Luego se fue pero se llevó 80 dólares que había ahorrado para la fiesta de cumpleaños de mi hijo”, relató la mujer en su versión.
Politraumatismos y 23 puntos de sutura en la cabeza fue el resultado de la agresión que sufrió y que curiosamente, señaló la fiscal Moncayo, no fue la primera que se había registrado en los más de 3 años de convivencia.
La respuesta judicial de Fiscalía
En el Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente en Ecuador desde el 10 de agosto del 2014, luego de un trabajo reformatorio de tres años, la Fiscalía incluyó su propuesta de tipificar los delitos de género, como el femicidio, que se comenten desde las relaciones dominantes y de poder del hombre la mujer.
Como resultado de ese trabajo reformatorio se tipificaron infracciones penales contra la integridad, como son: violencia física (Art. 156), sexual (Art. 158) y psicológica (Art. 157), acoso sexual (Art. 166) y corrupción a niños, niñas y adolescentes (Art. 169).
Los que vulneran el derecho a la igualdad son la discriminación (Art. 176) y el delito de odio (Art. 177); en tanto el que vulnera la vida es el femicidio (Art. 141).
La Fiscalía General del Estado, desde el 10 de agosto del 2014 hasta marzo del 2015, obtuvo 30 sentencias condenatorias por violencia física, 38 por violación; y, hasta el 5 de junio del 2015, logró 6 por femicidio. (Ver cuadros)