La interceptación de llamadas se hace solo bajo la autorización de un juez
Quito, 21 de julio de 2015.- Interceptar llamadas telefónicas para obtener información dentro de una investigación previa o dentro de un proceso penal sobre delitos es el objetivo de la Unidad de Fiscalía, que funciona en la Secretaría Nacional de Inteligencia (Senain).
Para ese propósito, la Unidad utiliza el Sistema de Vigilancia Técnica Electrónica, ahora conocida como Subsistema de Interceptación de Comunicaciones o Datos Informáticos (Sicom).
El sistema permite las interceptaciones de voz y de mensajes de texto (de SMS) de números telefónicos de personas que se encuentren bajo sospecha de estar relacionados con algún ilícito.
Con esa información recopilada, la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti), junto con la Policía Nacional, ha logrado desarticular organizaciones delictivas transnacionales.
De esta forma se fortalece la lucha contra la inseguridad ciudadana y se combate la impunidad de los actos delictivos.
Los delitos
Estas interceptaciones son para investigar delitos como: homicidios, asesinatos, trata y tráfico de personas. Además de lavado de activos, asociación ilícita, cohecho, concusión, plagio, robo agravado, extorsión, tenencia, posesión y tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
Toda investigación sobre delitos concretos que realiza esta Unidad es previa la autorización de los jueces y apegados al artículo 476 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Este se refiere a que un juez de Garantías Penales ordenará la interceptación de las comunicaciones ante la solicitud de un fiscal, cuando existan indicios relevantes relacionados con los fines de la investigación.
Además, de acuerdo con el Reglamento para la Implementación y Funcionamiento del Sistema, expedido el 12 de enero de 2012, cada interceptación no debe ser por más de 90 días y la información recabada se mantiene bajo cadena de custodia.
Aun más si se considera que el COIP permite a los fiscales el manejo de fuentes o informantes, operaciones encubiertas y otras actuaciones y técnicas especiales de investigación. De allí que esta Unidad de la Fiscalía no ha requerido de investigaciones que incluyan tareas de inteligencia como tal.
Una Unidad legamente establecida
Se respalda en las atribuciones dadas a la Fiscalía General del Estado en los artículos 194, 195 y 226 de la Constitución de la República. Estos se refieren a que la institución es la que dirige de oficio o a petición de parte la investigación preprocesal y procesal penal.
La plataforma que utiliza esta Unidad de la Fiscalía está abierta a una auditoría técnica desde cualquier organismo de control como Contraloría General del Estado. Aparte de que el Sicom funciona con base en las disposiciones establecidas en el Reglamento para la Implementación y Funcionamiento del Sistema de Vigilancia Técnica Electrónica.
Asimismo, esta Unidad de la Fiscalía ocupa un espacio en las instalaciones de la Senain únicamente por cuestiones logísticas. Es decir, porque todos los componentes (hardware y software) de la plataforma necesitan de un centro de procesamiento de información (data center) con todas las adecuaciones técnicas y de seguridad exigidas que, por ahora, solo dispone esta Secretaría.
En esta Unidad trabajan seis funcionarios, entre ellos dos fiscales y dos secretarios de fiscales.
Casos resueltos
Desde el 17 de diciembre de 2013, esta Unidad de la Fiscalía ha realizado 481 procedimientos (interceptaciones telefónicas), todos con sus respectivas autorizaciones judiciales. Con la información recopilada incluso se logró resolver diferentes procesos penales.
Uno de estos casos resueltos es el conocido como ‘Medusa’. En abril del 2015, los jueces sentenciaron a 11 ciudadanos como autores y a uno como cómplice del delito de trata de personas con fines de explotación sexual y deberán cumplir una condena de 10 años y 5 años de prisión.
También se resolvieron casos como el de un grupo delictivo de asociación ilícita, cuyos integrantes se dedicaban al asalto y robo de mercadería transportada en vehículos de carga, y al robo de accesorios de automotores, en el norte y sur de Quito. En julio del 2015, un Tribunal de Garantías Penales sentenció a 12 acusados a un año seis meses de pena privativa de libertad.
La cronología:
18 de enero de 2012.- El Consejo Directivo de la Policía Judicial firmó la resolución para expedir el Reglamento para la Implementación y Funcionamiento del Sistema de Vigilancia Técnica Electrónica.
Firmó el fiscal General del Estado, Galo Chiriboga Zambrano, como presidente del Consejo Directivo de la Policía Judicial. Además, los ministros de Interior, José Serrano; y de Justicia, Johana Pesantes; Patricio Franco, comandante General de la Policía Nacional; Carlos Ramírez, presidente de la Corte Nacional de Justicia; y Ernesto Fabián Solano, director Nacional de la Policía Judicial.
9 de abril del 2012.- Se publica el Reglamento para la Implementación y Funcionamiento del Sistema de Vigilancia Técnica Electrónica en el Registro Oficial 678.
10 de julio del 2012.- Mediante la resolución No. 002-2012-CDPJ se aprueba el Manual de Cargos, Funciones y Responsabilidades del Personal asignado al Sistema de Vigilancia Electrónica.
10 de julio del 2012.- Se aprueba el Protocolo de Funcionamiento de los equipos tecnológicos en la aplicación del Sistema de Vigilancia Técnica Electrónica, mediante la Resolución No. 003-2012-CDPJ.
17 de diciembre del 2013.- Inicia las operaciones el Sistema de Vigilancia Técnica Electrónica, ahora Subsistema de Interceptación de Comunicaciones o Datos Informáticos (Sicom).