La extradición de Galo Lara evitará percepción de impunidad e inseguridad jurídica

Guayaquil, 9 de septiembre del 2014.- El inicio del proceso de extradición del exasambleísta Galo Lara desde Panamá es una muestra de que las autoridades judiciales de Ecuador han recurrido a todas las instancias para lograr ese requerimiento y evitar la percepción de impunidad. El exasambleísta debe cumplir la condena de 10 años como cómplice del triple asesinato de Quinsaloma, Los Ríos.

Jurisconsultos y representantes de derechos humanos coinciden en que haber demostrado la implicación del sentenciado en el triple crimen, ocurrido el 4 de agosto de 2011, es destacable en este tipo de procesos internacionales, ya que se cumple con las obligaciones legales para que Panamá proceda con la extradición.

César Duque, asesor jurídico de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu), destacó que la obligación que tiene el Estado de investigar, enjuiciar y sancionar se ha cumplido. Ahora es necesario lograr que el sentenciado prófugo cumpla su pena.

Duque basó este criterio en que la Convención Interamericana de Derechos Humanos y Organización de Naciones Unidas (ONU) resolvieron que es obligación del Estado evitar que cualquier tipo de favoritismo o privilegio para los autores de delitos atroces transmita la percepción de impunidad e inseguridad jurídica. 

El asesor de la Cedhu agregó que es injusto tolerar que las violaciones a los derechos humanos queden impunes, al considerar que permitirlo debe ser visto, al mismo tiempo, como fuente y como resultado de injusticia.

“No hay justicia allí donde aquellos que han ultrajado la dignidad humana, con actos violentos y reprochables, pueden jactarse de haber eludido la potestad estatal de imponer sanciones adecuadas”, refutó. 

De las cinco personas que fueron sentenciadas por este hecho, Lara es el único que intenta evadir la pena. Los otros cuatro implicados  cumplen su condena en diferentes centros de privación de libertad del país.

Carolina Llanos Avendaño, exconviviente de Lara, por considerarla autora intelectual del triple asesinato, fue sentenciada a 20 años de reclusión mayor especial. Además, José Veliz Sánchez, Juan Rodríguez Lavayen y Édgar Martínez Franco fueron declarados autores materiales del crimen.

Las investigaciones de Fiscalía demostraron su responsabilidad y ellos también recibieron igual pena, tras la sentencia emitida por la Corte Nacional de Justicia, el 21 de diciembre del 2012.

Al referirse a este tema, Miguel Vernaza Quevedo, abogado internacionalista, manifestó que el proceso de extradición depende de la legislación del país que debe otorgarlo. En este caso,  Ecuador está sujeto a lo que Panamá decida.

Vernaza dijo que en caso de  que los abogados patrocinadores de Galo Lara presenten un recurso de apelación a la revocatoria de asilo se debe seguir un órgano regular, en el que la Cancillería de Panamá deberá remitir el pedido a la Corte Suprema de Justicia de ese mismo país para que resuelva.

De no presentarse el recurso, la extradición sería casi un hecho, considera el analista, y por ende, la correspondiente encarcelación de Lara como sanción por el delito cometido.