Juez sustituyó prisión preventiva para procesado por tráfico de influencias
En la Corte Nacional de Justicia se efectuó la audiencia de revisión de medida cautelar solicitada por el procesado.
Quito, 11 de noviembre del 2015.- El juez nacional, Édgar Flores, aceptó sustituir la prisión preventiva por caución (fianza) solicitada por Óscar L., procesado por tráfico de influencias, quien presentó una póliza por 220.000 dólares.
Óscar L. (juez de primera instancia) habría participado en el ofrecimiento de modificar una sentencia a cambio de dinero en un juicio relacionado con la expropiación de un edificio, ubicado en el norte de Quito.
La audiencia de revisión de medida cautelar se efectuó la mañana de este 11 de noviembre en la Corte Nacional de Justicia (CNJ). En esta participó Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado.
En su intervención, Chiriboga Zambrano destacó que el pasado 23 de octubre, la Fiscalía se opuso a la sustitución de la medida cautelar por caución solicitada por Óscar L., debido a que mediante oficio, un funcionario de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, indicó que ninguna compañía tiene autorización para emitir pólizas que garanticen el pago de una caución dentro de un proceso penal.
Por esta razón, la Fiscalía solicitó una verificación de la información a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
De su lado, la defensa del procesado presentó un nuevo pedido al cual adjuntó la póliza de seguros otorgada por Alianza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. por 220.000 dólares.
Al finalizar la audiencia, el juez nacional Flores determinó que el pedido del procesado sí cumple con los requisitos establecidos en el artículo 538 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Es decir, la póliza es incondicional, irrevocable y de cobro inmediato. Fue emitida por Alianza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.
Además, el asegurado es el Consejo de la Judicatura y está aprobada por la Superintendencia de Bancos y Seguros.
En este caso también son investigados Freddy M., Édgar F., Ramiro S. y María S. (jueces de la Sala Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Pichincha).
Dato
El tráfico de influencias está tipificado en el artículo 285, inciso 1, del COIP.