Juez aceptó pedido de caución de Ricardo P. procesado por presunta instigación
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 083-DC-2019
Latacunga, 09 de mayo de 2019.- A pesar de los argumentos expuestos por el fiscal Franklin Morocho, quien se opuso al pedido de caución solicitado por Ricardo P., procesado por su presunta participación en el delito de instigación, el juez de la Unidad Judicial Penal de Latacunga, Marcelo Palomo, concedió el pedido y fijó un monto de USD 50.000.
Así lo dio a conocer el Juez en su resolución emitida la tarde de este jueves 9 de mayo, tras señalar que no existen víctimas para cuantificar el daño que se habría ocasionado.
En su intervención, el fiscal Morocho manifestó que Ricardo P. salió del país un día antes de la audiencia de formulación de cargos, lo que no garantiza su comparecencia en una posible audiencia de juzgamiento. Además, se refirió a una entrevista que dio el procesado en un medio de comunicación internacional, en la que expresó que en Ecuador no existe seguridad jurídica, por lo que debía pensar si se quedaba o no en el país.
Ricardo P. es procesado por la Fiscalía debido a que el 28 de octubre de 2018, durante una asamblea de un partido político en Latacunga, habría dado un discurso en el que instigaba a la gente a tomarse instituciones públicas y a cerrar vías.
En la audiencia de formulación de cargos, el fiscal Morocho presentó alrededor de diez elementos de convicción recabados durante la investigación que harían presumir la participación de Ricardo P. en el delito tipificado en el artículo 363 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
En caso de que el procesado no cumpla con la caución, seguirá vigente la prisión preventiva dictada en su contra.
Información complementaria:
Según el artículo 543 del COIP, la caución se dispondrá para garantizar la presencia de la persona procesada y suspenderá los efectos de la prisión preventiva.
La caución podrá consistir en dinero, póliza, fianza, prenda, hipoteca o carta de garantía otorgada por una institución financiera. La persona procesada podrá rendir caución con su dinero o bienes o con los de un garante.
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