Instructor es sentenciado a 29 años de cárcel por la violación de una alumna

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 583-DC-2020

Instructor es sentenciado a 29 años de cárcel por la violación de una alumna

Latacunga (Cotopaxi), 03 de julio de 2020.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, Tribunal de Garantías Penales de Cotopaxi sentenció a Carlos Efrén O. a veintinueve años y cuatro meses de pena privativa de libertad, como autor del delito de violación cometido contra una alumna.

El fallo también contempla una multa de 600 salarios básicos unificados y de 200.000 dólares como reparación integral a favor de la víctima.

El hecho ocurrió el 12 de marzo de 2018. La víctima sintió una molestia y solicitó que la trasladen a un policlínico. Carlos O., instructor de la joven, la sacó del lugar y le dijo que antes de ir al centro médico iban a pasar por su departamento para alimentar a su mascota.

Al llegar, la víctima se quedó en la puerta, el procesado ingresó a la vivienda y sacó una pastilla que supuestamente era para el dolor muscular. La joven se la tomó, empezó a sentirse débil y a la fuerza fue llevada hasta el dormitorio. El agresor le dio un golpe en el estómago y la violentó sexualmente.

Luego de cometida la agresión, la joven fue llevada de regreso al centro educativo. Carlos O. la amenazó con sacarla del lugar si ella contaba lo sucedido.

La fiscal especializada en Violencia de Género, Marisela Yánez, en la audiencia de juzgamiento presentó pruebas irrefutables que demostraron la existencia del delito y la responsabilidad del procesado.

Entre los principales elementos probatorios constan: el reconocimiento médico ginecológico y la valoración psicológica de la víctima, que determinó que sufre de estrés postraumático y que ha intentado suicidarse.

Además de la pericia de entorno social, el perfil psicológico del procesado, que reveló rasgos de agresor sexual; y el testimonio de la madre de la víctima.

Este caso fue judicializado según el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), más las circunstancias agravantes de los artículos 47 y 48 del mismo cuerpo legal.

 

 

 

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