Inició proceso penal contra exfuncionaria de GAD parroquial por presunto peculado

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 381-DC-2021

Inició proceso penal contra exfuncionaria de GAD parroquial por presunto peculado

Morona (Morona Santiago), 21 de abril de 2021.- Noventa días durará la instrucción fiscal contra Naank Leticia P., por su presunta participación en el delito de peculado, cuando cumplía funciones de secretaria-tesorera del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) de la parroquia San Isidro.

En audiencia de formulación de cargos, el juez de la Unidad Judicial Penal de Morona, Hitler Beltrán, dictó contra la procesada la prohibición de salida del país y la presentación periódica una vez a la semana ante la autoridad. Además, la inmovilización y retención de sus cuentas bancarias y la prohibición de enajenar bienes.

Según la investigación dirigida por el fiscal Marco Velecela, la procesada habría perpetrado el delito de peculado entre 2016 y diciembre de 2020, periodo en el cual los presidentes del GAD parroquial –anterior y actual– le entregaron sus claves personales de la cuenta del Banco Central.

Desde la cuenta del GAD parroquial, Naank Leticia P. habría realizado transferencias a cuentas bancarias particulares por supuestos pagos de bienes y servicios que el GAD parroquial no recibió. Varias de estas cuentas pertenecen a familiares de la procesada.

Dentro de la investigación previa, Fiscalía solicitó a la Contraloría General del Estado la realización urgente de una auditoria y, según el informe preliminar, el perjuicio económico asciende a 222.383 dólares.

Entre los elementos de convicción, Fiscalía expuso el reporte de transferencias bancarias emitido por el Banco Central y documentos presentados por la procesada a Contraloría y a la Presidencia del GAD parroquial, en los cuales acepta su responsabilidad en el desvío de fondos y ofrece devolver el dinero.

A esto se suman un informe contable actualizado, reportes de la falta de depósito de retenciones al Servicio de Rentas Internas (SRI) y el reconocimiento del lugar de los hechos.

Información jurídica

El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 278, tipifica y sanciona el delito de peculado con privación de libertad de diez a trece años.

 

 

 

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