Inicia juicio contra de María Sol L., 2 ciudadanos más y 7 personas jurídicas por presunto lavado de activos

BOLETÍN DE PRENSA FGE No 1031-DC-2020

Inicia juicio contra de María Sol L., 2 ciudadanos más y 7 personas jurídicas por presunto lavado de activos

Quito (Pichincha), 12 de noviembre de 2020.- En la madrugada de este jueves, se suspendió –en el Complejo Judicial Norte de Quito– la audiencia de juicio contra María Sol L., exfuncionaria del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Marcelo E., Carlos E. y siete personas jurídicas, por su presunta participación en el delito de lavado de activos, que inició la mañana del miércoles 11 de noviembre.

En más de 15 horas de diligencia, el Tribunal de Garantías Penales escuchó las teorías del caso por parte de las partes procesales y las pruebas de cargo por parte de la Fiscalía General del Estado.

En el desarrollo de la audiencia, el Fiscal del caso presentará la prueba testimonial, pericial y documental recabada durante la investigación, para demostrar la responsabilidad de los procesados en el delito imputado.

La investigación de Fiscalía hace presumir que María Sol L., junto con su esposo y cuñado (Marcelo E. y Carlos E., respectivamente) habría obtenido contratos por aproximadamente 91,1 millones de dólares en el periodo 2008-2018, tiempo en el que la exfuncionaria ocupó altos cargos públicos (entre 2008 y2015).

Según la tesis fiscal, el principal cliente de las compañías que constituyeron los ahora procesados fue el IESS, seguido por coordinaciones zonales de Salud y el Ministerio de Salud Pública. Los procesados habrían creado una fachada, colocando dinero en el sistema financiero nacional, fondos que habrían sido transferidos entre las cuentas de las empresas involucradas, simulado que los mismos provenían de proveedores y clientes.

Entre 2008 y 2013, María Sol L. fue directora general del Hospital Carlos Andrade Marín y coordinadora nacional de Gestión de Unidades Médicas del IESS. De 2013 a 2015 fue asesora de Despacho y coordinadora general de Planificación del Ministerio de Industrias y Productividad.

El artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de lavado de activos con una pena privativa de libertad de uno a trece años, dependiendo de los montos que hayan sido lavados, de si ha existido asociación para delinquir, o de si el delito ha sido cometido utilizando empresas, instituciones públicas o dignidades, cargos o empleos públicos.

La audiencia se reinstalará a las 14:00 del lunes 16 de noviembre.

 

 

 

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