Inicia audiencia de juzgamiento de dos ciudadanos por presunto enriquecimiento privado no justificado
Riobamba, 14 de abril del 2015.- Con la presencia de testigos convocados por la Fiscalía, como de la parte defensora, se inició la audiencia de juzgamiento de los procesados Germán H. (prófugo) y María B., por su presunta participación en el delito de enriquecimiento privado no justificado, generado a través de supuestas empresas ficticias.
Esta diligencia se desarrolla en la Unidad Judicial Penal de Chimborazo con sede en la ciudad de Riobamba, donde la Fiscalía presenta su teoría del caso.
El fiscal del caso, George Sotomayor explicó que los procesados habrían adquirido varios inmuebles de manera ilícita. Los bienes estarían valorados en aproximadamente 10 millones de dólares y tendrían movimientos financieros injustificados por más de 30 millones de dólares.
El hecho se conoció en noviembre del 2014, cuando María B, llamó a la Policía para denunciar un robo en su domicilio, donde se encontró 1,8 millones de dólares guardados en dos cajas fuertes sin justificación. La propietaria fue detenida por enriquecimiento privado no justificado.
Existen alrededor de 5300 afectados, en las ciudades de Latacunga, Salcedo, Quito, Ambato, Puyo, Coca, Riobamba y Guaranda.
Los procesados enfrentan causa por estafa en Ambato
Germán H. y María B., son procesados por su presunta participación en el delito de estafa, la audiencia de formulación de cargos se realizó en la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penales de Ambato, el pasado viernes 10 de abril.
Según las investigaciones de la Fiscalía, los procesados captaban dinero en efectivo para una presunta importación de maquinarias y vehículos y le ofrecían pagar 1 000 y 2 000 dólares por el alquiler, dicho ofrecimiento no se concreto. Existen 176 denuncias en Tungurahua.
La fiscal Alexandra Sánchez presentó como elementos de convicción: versiones de los perjudicados, contratos, certificaciones del Servicio de Rentas Internas, registro mercantil, registro de la propiedad, movimientos migratorios y bancarios y el reconocimiento de evidencias.
El juez Carlos Altamirano dictó el inicio de la instrucción fiscal por 90 días y dispuso como medida cautelar la prohibición de enajenar bienes de los procesados.
Datos:
El delito de enriquecimiento privado no justificado está tipificado en Artículo 297 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y establece una pena privativa de libertad de tres a cinco años.
CZR.