Pena agravada para responsable de la violación a su hijastro de 7 años
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 858-DC-2022
Durán (Guayas), 15 de noviembre del 2022.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía en la audiencia de juicio –y por unanimidad–, el Tribunal de Garantías Penales de Guayas sentenció a veintinueve años y cuatro meses de prisión a Mariana Q. H., madrastra de la víctima.
La sentencia incluye el pago de 10.000 dólares como reparación integral al niño y una multa de 1.500 salarios básicos unificados. Además, los jueces dispusieron que se oficie a los ministerios de Salud, Educación e Inclusión Social para que atiendan, acompañen y proteger al infante. También se ordenó que la víctima de este caso ingrese al Sistema de Protección de Víctimas y Testigos de Fiscalía General del Estado.
Durante la audiencia de juzgamiento, Yoli Pinillo, agente fiscal de la Fiscalía N°7 de Violencia de Género presentó más de diez testimonios relevantes en este caso, informes de valoración médica, psicológica y de entorno social, en los que la víctima narró las agresiones físicas y sexuales de las que fue víctima –como castigo– por parte de su madrastra; el testimonio anticipado del niño de 7 años, entre otros.
Contexto
El 6 de septiembre de 2021, la Unidad Nacional de Investigación y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Unipen) comunicó a Fiscalía del ingreso –cuatro días antes– de un niño en estado grave al Hospital Francisco de Icaza Bustamante: presentaba signos de violación, maltrato físico y tortura.
Con base en esa información, Fiscalía abrió –de oficio– una investigación por los actos de violencia física y sexual contra el infante, ocurridos dentro de su hogar, en el que vivía con su padre, madrastra (sentenciada) y cinco hermanastros, hijos de la pareja agresora.
Información adicional
Mañana (16 de noviembre) a las 10:30, en la Unidad Judicial del cantón Durán, se tiene prevista la reinstalación de la audiencia de juzgamiento, por el presunto delito de tortura, contra Maicon V. M., padre del niño; Mariana Q. H., madrastra del infante; y Paula V., abuela.
Información jurídica
Fiscalía obtuvo esta sentencia con base en el artículo 171, incisos 1 y 2, numerales 2, 3, 4 y 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP); junto con los agravantes del artículo 48, numeral 7, del mismo cuerpo legal.
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