Hombre es sentenciado a 6 años por intento de violación

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 156-DC-2024

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Lago Agrio (Sucumbíos), 02 de febrero de 2024.- Segundo Estuardo M. convivía con su víctima aproximadamente un mes.

Antes de ir a vivir con su agresor, ella le puso una condición: no tener relaciones íntimas si es que no formalizan un casamiento. Esa era una de las normas de vida que la mujer de 54 años de edad llevaba por convicción religiosa.

El 28 de diciembre de 2022, el procesado quiso violarla empleando la fuerza. Lo hizo en el dormitorio de la casa donde residían.

Por estos hechos, Segundo Estuardo M. fue aprehendido, procesado y llevado a juicio por Fiscalía. Un Tribunal de Garantías Penales de Sucumbíos lo encontró culpable del delito de violación, en el grado de tentativa y le impuso una pena privativa de la libertad de seis años con cuatro meses.

El testimonio anticipado de la víctima fue reproducido en la audiencia de juzgamiento. En el relato –que fue parte del conjunto probatorio de Fiscalía–, la víctima narró que su conviviente la atacó mientras estaba recostada en la cama.

La tomó con fuerza del cuello y los brazos, mientras pretendía accederla carnalmente. Las huellas de violencia en su cuerpo quedaron plasmadas en el informe de la pericia médico-legal que se le practicó a la denunciante. La experticia también fue valorada como prueba por el Tribunal.

Los jueces también escucharon el testimonio del agente aprehensor, de la perito psicóloga, de la experta que practicó la pericia de entorno social. Estas últimas diligencias determinaron que la víctima sufrió de un alto grado de ansiedad, derivada de la agresión de la que fue objeto.

Las pruebas presentadas por el Fiscal del caso en la audiencia de juicio llevaron al Tribunal a resolver que Segundo Estuardo M. es responsable de la tentativa de violación. Por eso, a más de la pena privativa de la libertad, el acusado fue sancionado con una multa de cuatro salarios básicos unificados y con el pago de una reparación integral a favor de la víctima de 2.000 dólares.

Información jurídica

El procesado fue sentenciado con base en el artículo 171, inciso primero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona al delito de violación con una privación de la libertad de diecinueve a veintidós años. Para ese caso, se aplicó el artículo 39 de la misma norma, que determina el grado de tentativa.

 

 

 

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