Hombre es llamado a juicio por presunta estafa

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1126-DC-2023

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Riobamba (Chimborazo), 24 de octubre de 2023.- Fiscalía presentó los elementos de convicción suficientes para que un Juez de Garantías Penales dicte auto de llamamiento a juicio contra Paúl Alejandro C. Y., presunto responsable de estafa. Él habría vendido a la víctima un terreno que no era de su propiedad, causándole un perjuicio de 7.000 dólares.

Durante el desarrollo de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, el Fiscal del caso sustentó su dictamen acusatorio y realizó el anuncio de prueba que incluye: el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el certificado de datos de identificación, el informe de movimientos bancarios de la víctima, la denuncia de la perjudicada, entre otros.

Fiscalía abrió una investigación en 2020, luego de recibir una denuncia presentada por Martha del Rocío L., en la que indicaba haber sido estafada por Paúl Alejandro C. Y., quien, bajo la promesa de la venta de un terreno, hizo que le entregara 7.000 dólares.

El procesado habría ofrecido vender la propiedad, ubicada en una urbanización, en Riobamba. Paúl Alejandro C. Y. trabajaba en la agencia inmobiliaria que ofertaba los lotes de terreno, pero el propietario era otra persona.

El 13 de julio del 2020, Paúl Alejandro C. Y. firmó ante un notario del cantón el compromiso de la venta del terreno, por lo cual recibió el valor de 7.000 dólares por parte de la afectada como adelanto del valor acordado, que era de 12.000 dólares.

Al pasar los días, la perjudicada hizo un reclamo por la demora para legalizar su compra, pero el procesado puso trabas para el trámite y luego él dejó de responder sus llamadas y mensajes.

Paúl Alejandro C. Y. tenía medidas alternativas a la prisión preventiva, como presentación periódica ante Fiscalía y la prohibición de ausentarse del país. Sin embargo no cumplió con las presentaciones, por lo que fue detenido y hoy guarda prisión preventiva.

Información jurídica

La estafa está tipificada en el artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal y se sanciona con privación de libertad de cinco a siete años.

 

 

 

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