Guías penitenciarios fueron sentenciados por asociación ilícita


El fiscal César Peña (izq.), acusó a 10 procesados, 7 de ellos ex guías penitenciarios,  por delito de asociación ilícita.

Guayaquil, 24 de noviembre del 2016.- Con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales del Guayas sentenció a 5 años de pena privativa de libertad a 10 ciudadanos, entre ellos 7 guías penitenciarios, por asociación ilícita.

El fiscal César Peña, en audiencia de juicio que concluyó la tarde del miércoles 23 de noviembre, presentó a 13 testigos, entre ellos policías de la Unidad de Inteligencia e internos del centro de rehabilitación social.

La Fiscalía presentó como pruebas documentales el informe de investigación  de los objetos ingresados al centro penitenciario, el reconocimiento del lugar y la pericia química de la droga incautada a los procesados.

Estas pruebas fueron acogidas por los integrantes del Tribunal conformado por Dora Vargas, Mónica Suárez y Alexandra Yépez, quienes emitieron sentencia condenatoria de 5 años de prisión. Además, dispusieron una multa de 12 salarios básicos unificados (4.392 dólares) para los diez procesados.

La investigación de este caso inició el 12 de enero del 2016, tras un operativo realizado por la Fiscalía y la Unidad de Inteligencia Penitenciaria, en el que detuvieron a 10 personas, entre ellos 7 guías penitenciarios y 3 civiles.

Estos ciudadanos pertenecerían a una organización delictiva encargada de ingresar droga, celulares y artículos prohibidos al interior del centro penitenciario de Guayaquil. Este acto ilícito lo realizaban a través del calzado que usaban, pues tenían plantillas de doble fondo, en la que guardaban la droga y otros artículos de manera camuflada.

La Fiscalía determinó en sus investigaciones que los sentenciados trabajaron con una empresa de calzado que elaboraron botas militares y zapatos deportivos para este fin.

Dato:

El delito de asociación ilícita está tipificado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal. Estipula una pena privativa de libertad de tres a cinco años.