Fiscalía volverá a formular cargos en el caso del asesinato de José Tendetza

 

Yantzaza, 23 de junio de 2015.- La Fiscalía solicitará fecha para volver  a formular cargos, en contra de los  sospechosos del asesinato del líder shuar José Tendetza, encontrado sin vida el 2 de diciembre de 2014, en el cantón El Pangui, Zamora Chinchipe.

La decisión fue adoptada, luego que la Sala Penal de Zamora Chinchipe rechazó el recurso de apelación interpuesto la Fiscalía. El juez  Juan Francisco Sinchi,  confirmó la nulidad de lo actuado.

El hecho se registró cuando el juez de la Unidad Penal de Yantzaza, Julio Mallaguari, declaró la nulidad desde la convocatoria a la audiencia de formulación de cargos, efectuada el 24 de mayo de 2015.

En la audiencia de apelación a la formulación de cargos efectuada el martes 23 de junio, el juez precisó en que el error no fue de la Fiscalía, sino de la secretaría de la Unidad Penal de Yantzaza, que habrían informado de la petición fue para calificar un delito flagrante, sin embargo no fue así.

Debido a la información recibida, el juez declaró la nulidad, durante la audiencia de formulación de cargos desarrollada el 24 de mayo, argumentando que no se trata de un delito flagrante, debido a que la muerte de la víctima ocurrió meses atrás.

El fiscal Galo Rodríguez manifestó que el caso se investigó durante cinco meses y  por contar con elementos de convicción suficientes en contra de los sospechosos, la Fiscalía solicitó su aprensión el 23 de mayo del 2015. Con la detención de los sospechosos, la Fiscalía solicitó audiencia de formulación de cargos.

Por la decisión del juez Mallaguari, los procesados Carlos U. y Guido Y. quedaron en libertad, luego de la audiencia.

Según el informe de autopsia, José Tendetza murió por asfixia. Los moradores del sector Chuchumbletza encontraron su cuerpo flotando sobre el río Zamora, cantón El Pangui. Presentaba signos de haber sido golpeado en el rostro, además fue amarrado con una soga en la cintura y hombros.

Dato:

El artículo 140 del Código Orgánico Integral penal, COIP, sanciona el delito de asesinato con pena privativa de libertad de 22 a 26.