Fiscalía vincula al Director de la cárcel de Tungurahua por el presunto delito de evasión

BOLETÍN DE PRENSA FGE No 1202-DC-2020

Fiscalía vincula al Director de la cárcel de Tungurahua por el presunto delito de evasión

Ambato (Tungurahua), 23 de diciembre de 2020.- Acogiendo el pedido de Fiscalía, y con base en los elementos de convicción presentados, Juez de Garantías Penales dictó medidas alternativas y vinculó a Carlos M. Y., director del Centro de Privación de Libertad de Tungurahua No. 1, por su presunta participación en el delito de evasión.

Además, dispuso que la audiencia de juicio directo se desarrolle el 12 de enero de 2020.

El hoy procesado se suma a la causa iniciada el 4 de diciembre último contra Glenda Karina L. C. (PPL), Iván Gilbert C. V., (conductor del Servicio Nacional de Atención Integral de Personas Adultas Privadas de la Libertad) y Kerly Llamira A. M. (guía penitenciaria).

En la audiencia de formulación de cargos, la fiscal Susana Llumiquinga relató que los hechos ocurrieron la tarde del 3 de diciembre, cuando personal de un banco alertó, a través del ECU 9-1-1, que Glenda Karina L. C. habría intentado realizar un retiro en efectivo en dos sucursales de esta entidad.

Al llegar al lugar, agentes de la Policía Nacional habrían observado a la procesada subirse a un vehículo perteneciente al Servicio Nacional de Atención Integral de Personas Adultas Privadas de la Libertad y cuando consultaron al conductor, Iván Gilbert C. V., y a la guía penitenciaria, Kerly Llamira A. M., no habrían podido justificar la salida ni la actividad que realizaban con la persona privada de libertad, aduciendo que tenían autorización verbal por parte del Director, por lo que fueron aprehendidos.

Según la investigación, habrían salido a una revisión médica por un presunto embarazo de la PPL; sin embargo, las historias clínicas e informes médicos no demuestran embarazo alguno.

Fiscalía justificó la vinculación e inicio del proceso penal con la presentación del parte policial de aprehensión de los involucrados, historias clínicas e informes médicos de la PPL, versiones, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, registros de salida del centro, entre otros.

El delito de evasión está tipificado en el artículo 274 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Información adicional

Glenda Karina L. C. cumple una pena privativa de libertad de 34 años como responsable del delito de asesinato, perpetrado contra una joven en el cantón Baños.

 

 

 

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