Fiscalía vincula a una tercera persona al caso María Belén B.
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 937-DC-2022
Quito (Pichincha), 14 de diciembre de 2022.- En el caso relacionado con la muerte de la abogada María Belén B., la fiscal Isabel Jiménez vinculó al teniente de Policía Alfonso Sebastián C. V. a la instrucción fiscal abierta por el delito de femicidio.
En su resolución, al finalizar la audiencia de vinculación, el Juez de Violencia contra la Mujer y Miembros del Núcleo Familiar dispuso presentaciones ante Fiscalía (todos los días laborales), colocación de dispositivo de vigilancia electrónico y prohibición de salida del país, como medidas cautelares. Esto a pesar de que Fiscalía solicitó, de manera clara y motivada, la prisión preventiva.
Durante la audiencia, la fiscal del caso señaló que el no impedir un acontecimiento delictivo, cuando se tiene la obligación jurídica de hacerlo, equivale a ocasionarlo, acto seguido enumeró y explicó los trece elementos de convicción para sustentar la vinculación.
En este caso, el teniente de Policía procesado habría incurrido en omisión dolosa, descrita en el artículo 28 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) como “el comportamiento de una persona que, deliberadamente, prefiere no evitar un resultado material típico (delito), cuando se encuentra en posición de garante”.
El día de los hechos (11 de septiembre de 2022), Alfonso Sebastián C. V., desde su habitación –la número 33–, habría escuchado “ruidos extraños” que surgían del dormitorio 34. Al acercarse y abrir la puerta, vio un cuerpo acostado que no reaccionó y también vio al teniente Germán C., quien le habría dicho que se vaya y no se meta en problemas.
La fiscal Jiménez destacó que “al ser Policía tenía el deber de intervenir desde su posición de garante de impedir el delito”.
Para Fiscalía, la conducta omisiva que habría incurrido el teniente vinculado se configura también al incumplir con lo que determina el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, en cuanto a evitar el cometimiento o consumación de una infracción. Esta inobservancia a la norma estaría demostrada en el parte de novedades, donde Alfonso Sebastián C. V. hizo constar que no intervino “por ser un problema de pareja”.
Fiscalía también detalló el informe de la pericia técnica de levantamiento planimétrico, arquitectónico y estructural, realizada al bloque 3 del edificio de oficiales. La experticia concluye que las paredes internas que dividen las habitaciones del cuarto piso de dicho edificio son de gypsum.
En tanto la pericia de inspección ocular técnica determinó que la pared, que divide las habitaciones 33 y 34 tiene 12 milímetros de grosor.
Entonces, esos “ruidos extraños” que escuchó el procesado habrían sido los de un femicidio.
Este proceso inició con la formulación de cargos a la cadete Joselyn C. –el 17 de septiembre de 2022– por un presunto delito de desaparición involuntaria. Sin embargo, tras el hallazgo del cuerpo de María Belén B., en el cerro Casitagua, registrado el 21 de septiembre, el caso fue trasladado a la Dirección de Derechos Humanos de la Fiscalía General del Estado.
El 23 de septiembre de 2022 se reformularon cargos por femicidio, tipificado y sancionado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con circunstancias agravantes constitutivas y no constitutivas de la infracción. Además, se vinculó a la instrucción fiscal al teniente de Policía Germán C. (actualmente prófugo), en calidad de autor del presunto femicidio de María Belén B., quien fue su cónyuge.
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