Fiscalía procesa a un hombre por presunto transporte de pasta base de cocaína
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 388-DC-2023
Nueva Loja (Sucumbíos), 25 de abril de 2023.- Freed Alexander P. es procesado por, presuntamente, transportar 34 kilos con 259 gramos de pasta base de cocaína.
El delito lo habría cometido empleando un vehículo modificado con un compartimento, oculto en la parte posterior del neumático derecho. Ahí se hallaron treinta y cuatro paquetes rectangulares.
Tras conocer de este hecho, Fiscalía inició un proceso contra Freed Alexander P. En la audiencia de calificación de flagrancia, el fiscal Jairo Molina presentó suficientes elementos de convicción que llevaron al Juez de Garantías Penales a presumir que el imputado incurrió en un tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, a gran escala.
En el relato de los hechos, el Fiscal narró que, aproximadamente a las 12:00 del 21 de abril de 2023, Freed Alexander P. fue interceptado por la Policía en la vía Lago Agrio – El Coca.
Los uniformados se enteraron –por fuentes reservadas– que en el vehículo conducido por el procesado se transportaba una considerable cantidad de droga. La inspección del automóvil se hizo con ayuda de un can adiestrado para la detección de sustancias ilícitas.
El olfato llevó al perro hasta neumático posterior derecho del carro. El animal hizo la señal que los agentes antinarcóticos esperaron para abrir el compartimento adaptado en la carrocería. El procedimiento se desarrolló con la autorización del Fiscal de turno que acudió al operativo.
La prueba de identificación preliminar de la sustancia –que fue parte de los elementos de convicción presentados en la audiencia–, reveló que los paquetes correspondían a pasta base de cocaína.
El fiscal Jairo Molina motivó ante el Juez el pedido de prisión preventiva contra Freed Alexander P., medida cautelar que fue aceptada. El plazo de la instrucción fiscal que inicio contra el procesado tiene un plazo de treinta días.
Información jurídica:
El delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización –a gran escala– es sancionado en el artículo 220, inciso primero, literal d), del Código Orgánico Integral Penal, con una pena privativa de la libertad de diez a trece años.
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