Fiscalía procesa a presunto violador

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1225-DC-2023

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Jama (Manabí), 17 de noviembre de 2023.- Los elementos de convicción presentados por Fiscalía fueron suficientes para que un Juez de Garantías Penales dicte prisión preventiva para Jacinto Ramón A., contra quien se formularon cargos por su presunta responsabilidad en la violación a dos personas menores de edad. Los hechos habrían ocurrido en el cantón Jama.

En la audiencia de formulación de cargos, el Fiscal del caso señaló que el hecho fue conocido a través de una alerta presentada por la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Jama, que señala que –a través de una denuncia anónima– se conoció que en una zona apartada del cantón, un hombre mantenía en sus viviendas a dos jóvenes, a quienes estaría vulnerando sus derechos sexuales.

Fiscalía informó que –con esa información– se inició una investigación que permitió conocer que en el sector conocido como “Sitio colorado”, el denunciado convivía –en domicilios diferentes– con dos adolescentes, una de 17 y otra de 15 años.

Con los suficientes indicios se solicitó y ejecutó una orden detención del investigado. En el operativo también se rescató a las dos personas menores de edad, quienes fueron ingresadas en una casa de acogida, debido a que se estableció que no existió un adecuado cuidado por parte de sus padres.

Durante la audiencia, como principales elementos de convicción, se presentaron: el informe de investigación, el parte de detención y las versiones de los agentes que participaron en el operativo, así como las de los padres de las víctimas. También, los exámenes médico legales, documentos de identificación, entre otros.

El Juez también conoció que –producto del delito– la adolescente de 17 años tenía dos hijos del hoy procesado (niños que se encuentran reconocidos legalmente por el agresor) y que la otra víctima se encuentra en estado de gestación. Ambas reconocieron que Jacinto R. es el padre.

Información jurídica

El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya pena privativa de libertad puede llegar a los veintidós años (si no se consideran agravantes).

 

 

 

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