Fiscalía procesa a pareja por el femicidio de una niña de 7 años
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1038-DC-2021
Santa Elena (Santa Elena), 09 de noviembre de 2021.- La Fiscalía de Santa Elena procesó a una pareja de convivientes, acusados del femicidio de una niña de 7 años. Los hechos se registraron el 29 de septiembre del año en curso al interior de una vivienda situada en la urbanización Villa Mariana, en la Ruta Spondylus, sector Capaes.
En la audiencia de formulación de cargos, desarrollada en la Unidad Judicial de Santa Elena, el fiscal Wagner Sellán Zambrano presentó como elementos de convicción: el informe investigativo, versiones de familiares de la niña y de empleados de la urbanización, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el resultado de la pericia de luminol efectuada a la vivienda de la víctima, la valoración psicológica y de trabajo social a los abuelos paternos y maternos, y al padre de la niña, el informe de autopsia y de levantamiento de cadáver, informes médico-legal, ginecológico y proctológico, entre otros.
La jueza de la Unidad de Violencia contra la Mujer y miembros del Núcleo Familiar, Cecilia Ramírez Valarezo, acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva para Miguel Eduardo G. M. y Leticia Amanda P. B., padrastro y madre de la víctima, respectivamente. Además, ordenó la prohibición de enajenar bienes, en este caso, un automotor a nombre de la procesada, que fue recuperado por Fiscalía.
También dictó medidas cautelares de protección a favor del padre biológico de la víctima y de su pareja, quienes fueron amenazados de muerte por los acusados antes y después del hecho que se investiga.
Los procesados tienen difusión azul en la Interpol solicitada por Fiscalía y en los próximos días se solicitará el cambio de difusión a roja, con la finalidad de que comparezcan a todas las etapas del proceso penal.
Información jurídica
El delito de femicidio está tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. La sentencia podría aumentar si se comprueban las agravantes establecidos en el artículo 142 del mismo cuerpo legal.
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