Fiscalía procesa a Daniel S. B. y a Jocelyn M. Z. por presunto fraude procesal

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 534-DC-2020

Fiscalía procesa a Daniel S. B. y a Jocelyn M. Z. por presunto fraude procesal

Guayaquil (Guayas), 19 de junio de 2020.- A pesar del pedido de Fiscalía, de dictar prisión preventiva contra los dos procesados por presunto fraude procesal, la Jueza de Garantías Penales –en la audiencia de formulación de cargos– acogió esa medida solo para Daniel S. B., mientras que para Jocelyn M. Z. resolvió dictar presentación semanal ante la autoridad judicial, prohibición de salida del país y uso obligatorio de un dispositivo electrónico.

En la diligencia, que se desarrolló en la Unidad Judicial Florida Norte de Guayaquil, el fiscal Joffre Velasco Solís presentó como elementos de convicción: la documentación entregada por la Dirección de Aviación Civil, con el registro de las personas que abordaron una aeronave con presunto destino a la Isla Puná, el registro del plan de vuelo inicial de salida y retorno de la avioneta, y el nombre del piloto a cargo del viaje; además de la información periodística emitida por medios de comunicación.

A esto se sumaron los videos de salida de la aeronave, el día del suceso; las versiones receptadas al Director de la Aviación Civil en Guayaquil y las versiones del detenido, Daniel S. B., una vez que fue trasladado a esta ciudad desde Perú y asistido por personal médico y un defensor público, tras el accidente aéreo suscitado la mañana del lunes 8 de junio, en el sector fronterizo de Zarumilla.

Según Fiscalía, Daniel S. B. pretendió inducir a engaño a las autoridades judiciales, con su intento de fugarse del país utilizando otro nombre, luego de conocer que sobre él pesaba una orden de detención por otros casos que investiga la Institución, relacionados con peculado y la venta de insumos médicos con presunto sobreprecio a varios hospitales en Guayaquil.

La instrucción fiscal durará noventa días.

Dato jurídico

La Fiscalía inició este proceso por el delito de fraude procesal, con base en el artículo 272 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): la persona que con el fin de inducir a engaño al juez, en el decurso de un procedimiento civil o administrativo, antes de un procedimiento penal o durante él, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

 

 

 

Información de contacto:

Dirección de Comunicación Social

comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec

Teléfono: 3985800 Ext. 173123