Fiscalía procesa a 2 personas por falsificación y uso de documento falso en la obtención de un carné de discapacidad
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 037-DC-2022
Guayaquil (Guayas), 18 de enero del 2022.- Con base en los elementos recabados durante la investigación previa, Fiscalía formuló cargos –por el delito de falsificación y uso de documento falso– contra Paúl M. y María A., investigados por las irregularidades denunciadas en cuanto a la emisión y obtención de un carné de discapacidad, emitido en el Centro de Salud Nro. 7 Mapasigue, en Guayaquil.
María A. se desempeñaba como médica calificadora de discapacidad del Ministerio de Salud Pública (MSP) y Paúl M. es un funcionario público que se benefició de la obtención de la obtención del documento.
Durante la diligencia, Ana Hidalgo, agente fiscal de la Unidad Nacional Especializada en Investigación contra la Delincuencia Organizada Transnacional Nº 1, presentó como elementos de convicción: la denuncia presentada por parte del Ministerio de Salud, el informe técnico de auditoria elaborado por el equipo de monitoreo y control del MSP, en el cual se determina que la calificación de discapacidad se realizó de manera irregular; versiones de los profesionales del equipo de auditoria, certificaciones remitidas por el Ministerio de Salud, con las que se determina que no existe constancia documental que respalde la calificación que fue subida al Sistema Informático en Línea.
A estos se suman: una certificación de la Senae sobre la importación de un vehículo utilizando la condición de discapacidad, la certificación del Servicio de Rentas Internas (SRI) sobre la rebaja de impuestos del vehículo, varias certificaciones de instituciones en las que el beneficiario utilizó el carné de discapacidad, el informe médico al beneficiario del carné, emitido por un médico traumatólogo de un hospital de la red de salud pública; entre otros.
La jueza Jesenia del Rocío Hidalgo, de la Unidad Judicial Penal 2, ordenó la prohibición de ausentarse del país, obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad competente y medidas de cautelar de carácter real, como la prohibición de enajenar bienes inmuebles.
Pese a que Fiscalía solicitó la retención del automotor que fue importado por uno de los procesados usando su carné de discapacidad, la Magistrada no dio paso a dicho pedido, pero dispuso la prohibición de enajenar el vehículo.
La instrucción fiscal tendrá una duración de noventa días.
Información jurídica
Los implicados en este caso son procesados según el artículo 328 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), incisos 1 y 3, en el caso de Paúl M.; e, inciso 1, en el caso de María A., cuyas penas previstas van de cinco a siete años de prisión.
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