Fiscalía pide sentencia condenatoria para Pedro D. en el caso ‘Cofiec’
Quito, 13 de marzo del 2015.- La Fiscalía General del Estado considera que Pedro D. participó directamente en la concesión del crédito de 800.000 dólares a favor del Gastón D. sin las garantías necesarias. Por ello, se pidió sentencia condenatoria por peculado bancario.
Así lo expuso Cecilia Armas, fiscal General del Estado subrogante, este viernes 13 de marzo durante la presentación de alegatos finales en el décimo día de audiencia de juicio contra nueve acusados en el caso ‘Cofiec’. Esto previo a que los jueces del Tribunal de Garantías Penales de la Corte Nacional de Justicia emitan su sentencia.
La Fiscal General del Estado subrogante inició su exposición mencionando que, con base en la prueba documental y material presentada durante la audiencia de juzgamiento, la Fiscalía demostró la existencia material del delito de peculado bancario tipificado en el Art. 257 A del Código Penal.
Según Armas, los acusados participaron en el proceso irregular de concesión del crédito, transgrediendo expresas disposiciones legales y reglamentarias. Esto es, sin que se haya justificado ingresos, patrimonio, capacidad de pago o presentado garantías suficientes. Además, se confirmó que hubo un depósito realizado en la cuenta corriente de Gastón D. y las posteriores transferencias hechas al exterior, es decir se probó la existencia material del delito.
Tras esa exposición, Cecilia Armas individualizó la responsabilidad de Pedro D. Señaló que se probó que, al ser Presidente del Fideicomiso AGD- No más impunidad, representante legal de la Ugedep y presidente del Banco Central del Ecuador, conocía sobre el crédito otorgado de manera irregular al ciudadano argentino.
Esto lo corrobora el hecho de que en la solicitud de crédito de Gastón D., consta que requería el dinero, para invertirlo en la plataforma denominada ‘Billetera Móvil’, proyecto vinculado con el Banco Central.
La Fiscalía presentó como prueba un correo electrónico, debidamente periciado, enviado por Antonio B., presidente ejecutivo de Cofiec, a Pedro D. el 12 de marzo del 2011. Lo hizo previo a la concesión de la operación crediticia, con relación a la no vinculación de las empresas incautadas. Es decir, antes que se produzca el préstamo a Gastón D., pretendía que las operaciones de crédito entre las empresas incautadas con banco Cofiec, de antemano sean declaradas como no vinculadas.
Pero fue la Superintendencia de Bancos, la que emitió un informe, en el que determinó que existía una vinculación por presunción en el préstamo otorgado a Gastón D. Pues hubo un trato preferencial para él , ya que el crédito no contaba con las garantías necesarias y carecía de documentación de respaldo.
Además, la Fiscal subrogante señaló que según el testimonio del acusado Francisco E., exrepresentante de la Secretaría Técnica del Fideicomiso AGD-CFN No más impunidad, recibió presiones de Pedro D. para la entrega del crédito al ciudadano argentino.
Por ello es que la Fiscalía lo acusó como autor de peculado bancario, cuya pena es de 4 a 8 años de reclusión mayor.
De su lado la acusación particular, representada por Xavier Cazar, solicitó al Tribunal de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, sentencie a Pedro D. a la pena máxima.