Fiscalía obtuvo sentencia de 34 años y 8 meses por femicidio en Santo Domingo de los Tsáchilas
En el Tribunal de Garantías Penales de Santo Domingo, Ángel A., fue sentenciado a 34 años ocho meses de pena privativa de libertad por femicidio.
Santo Domingo, 17 de noviembre del 2015.- Con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía, Ángel A. fue declarado culpable del femicidio de su exconviviente y sentenciado a 34 años, ocho meses de pena privativa de libertad.
Los jueces del Tribunal de Garantías Penales de Santo Domingo dieron a conocer el fallo el pasado 13 de noviembre, al finalizar la audiencia de juicio que inició 2 días antes.
El fiscal Fabián González, presentó en dicha audiencia varias pruebas testimoniales, documentales y materiales que demostraron que el ahora sentenciado terminó de forma violenta con la vida de la joven de 28 años.
Según el fiscal González, Angel A. reconoció haber cometido el delito. Además, el momento de su aprehensión, vestía un pantalón y una camiseta en los que habían manchas de sangre. El análisis respectivo determinó que la sangre era de la víctima. Además, tenía en su poder los teléfonos celulares de la mujer.
En la teoría del caso, la Fiscalía expuso que el crimen ocurrió el 27 de marzo del 2015 en el barrio San José y Postes, en Santo Domingo de los Tsáchilas.
El ahora sentenciado ingresó al domicilio de la víctima, con quien convivió por más de tres años y con un martillo la golpeó varias veces en la cabeza y la ahorcó con una cuerda. La joven había terminado días antes la relación sentimental con Ángel A., por las constantes agresiones que sufría.
Incluso dos días antes del hecho, la mujer denunció a su exconviviente en la Fiscalía. El ciudadano fue detenido y trasladado a la Unidad de Flagrancia de Santo Domingo, donde se le formuló cargos por violencia psicológica intrafamiliar, pero recobró su libertad al día siguiente.
Este ciudadano fue sentenciado por femicidio, tipificado en el artículo 141 del Código Integral Penal (COIP). Este delito es sancionado con una pena privativa de libertad de 22 a 26 años.
En este caso se tomaron en cuenta los agravantes contemplados en los numerales 1 y 2 del artículo 142 del COIP. Estos manifiestan que si el agresor cometió el delito al tratar de restablecer una relación de pareja y si existió una relación sentimental entre la víctima y el agresor, la condena aumentará en un tercio de la pena máxima.