Fiscalía obtuvo pena máxima por femicidio ocurrido en Machala

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 205-DC-2019

Fiscalía obtuvo pena máxima por femicidio ocurrido en Machala

Tribunal Penal impuso condena de veintiséis años, tras la valoración de todos los medios probatorios aportados por Fiscalía

Machala, 24 de julio de 2019.- El haber asesinado a su exconviviente en presencia de sus cuatro hijos, cuando pretendía restablecer su relación de pareja, agravó la situación jurídica de Edison Fabricio B. C., quien fue sentenciado por el Tribunal Penal de El Oro, a veintiséis años de pena privativa de libertad, por el delito de femicidio, cometido en contra de María del Cisne Z. M., el 3 de julio de 2018.

El crimen se produjo cuando el ahora sentenciado ingresó a la vivienda de la víctima para reclamarle por las acciones judiciales que había iniciado en su contra, debido a las constantes agresiones que sufría. Tras la discusión, el victimario tomó un cuchillo y apuñaló a la mujer de 29 años, ante los gritos desesperados de cuatro menores de edad, uno de ellos hijo de la pareja.

El sujeto fue aprehendido horas después en un operativo policial, mientras que su víctima falleció en el Hospital Teófilo Dávila, a causa de una aguda hemorragia externa.

En audiencia de juzgamiento, del 17 de julio, la fiscal María Isabel Tenesaca demostró la materialidad de la infracción y la responsabilidad penal de Édison Fabricio B. C., al presentar como pruebas contundentes el acta de evidencias, que contenía el cuchillo y tres prendas de vestir del agresor, con muestras de sangre, y el informe biológico forense, que determinó coincidencias con el perfil genético de la occisa.

Fiscalía también presentó otras pruebas documentales, entre ellas, el examen de autopsia del médico legista, el informe de investigación, de levantamiento del cadáver, el reconocimiento del lugar, el parte policial de aprehensión y la inspección ocular técnica. A estas se suman los testimonios anticipados de los menores, de varios vecinos y familiares, que permitieron establecer la relación de poder que ejercía el procesado sobre la víctima y el ciclo de violencia en el que se encontraba. Finalmente, las valoraciones psicológicas y del entorno familiar, que evidenciaron una relación con dependencia emocional y económica.

Los jueces del Tribunal de Garantías Penales, conformado por Carmen Cadena, Wilson Landívar y Manuel Zhapan, acogieron el pedido de la fiscal y dictaron una condena de veintiséis años, una multa de mil salarios básicos (394.000 dólares) y el pago de 30.000 dólares como reparación integral a los hijos de la víctima, quienes además deberán recibir terapia psicológica en centros de salud de la localidad.

Dato jurídico:

La Fiscalía procesó este caso por el delito de femicidio, según lo dispuesto en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya sanción es de veintidós a veintiséis años de pena privativa de libertad, sumándose a ello las agravantes de los numerales 1, 2 y 3, dispuestas en el artículo 142 del mismo cuerpo legal, que impone el máximo de la pena prevista para este delito.

 

 

 

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