Fiscalía obtiene sentencia máxima agravada por violación

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 747-DC-2023

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Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 01 de agosto de 2023.- Christian René L. fue sentenciado por un Tribunal de Garantías Penales a veintinueve años con cuatro meses de prisión, como autor directo de la violación perpetrada contra una mujer con el 64% de discapacidad auditiva. También se ordenó el pago de 5.000 dólares como medida de reparación integral a la víctima.

El hecho sucedió la noche del 5 de octubre del 2022. La víctima salió de su domicilio para visitar a una amiga. Sin embargo, en el camino fue interceptada por Christian René L. y otro hombre. Ambos la agredieron físicamente, la llevaron a un terreno baldío, cometieron el delito y huyeron.

Los agentes de la Policía Nacional, que patrullaban en el sector, encontraron a la víctima el momento en que pedía ayuda. La mujer escribió en un papel el suceso y detalló la vestimenta de sus agresores, por lo que las autoridades lograron aprehender –a unas cuadras del lugar donde consumaron el delito– a Christian René L. Mientras que el otro agresor continúa prófugo.

Paralelo a esto, los agentes llamaron al ECU 911 para solicitar ayuda médica para la víctima, quien fue trasladada a un Hospital cercano.

En el desarrollo de la audiencia de juzgamiento, el Fiscal del caso informó al Tribunal sobre el hecho investigado. Además, presentó como pruebas la reproducción del testimonio anticipado de la víctima, donde reconoció al ahora sentenciado como uno de sus agresores, también los testimonios de los agentes aprehensores y del padre de la agraviada, a más del relato del galeno que practicó el examen médico-legal a la víctima.

Asimismo, intervinieron los peritos que realizaron las experticias de cotejamiento genético y biológico, de extracción y transcripción de las llamadas de auxilio que hicieron los agentes al ECU 911, el reconocimiento del lugar de los hechos, entre otros.

Información jurídica

El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal, y es sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. En este caso se sumó la circunstancia agravante de la infracción, tipificada en el artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal.

 

 

 

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