Fiscalía obtiene sentencia de 26 años de prisión por el femicidio de su conviviente

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 617-DC-2022

Fiscalía obtiene sentencia de 26 años de prisión por el femicidio de su conviviente

 

Quito (Pichincha), 23 de agosto de 2022.- Un hombre escuchó los gritos aterrados del hijo de sus vecinos y acudió hasta la puerta de aquella casa. Cuando quiso entrar, el infante de 6 años abrió la ventana para huir de lo que estaba pasando en el interior del inmueble: su padre apuñalaba a su madre.

El vecino también lo vio. Ayudó a salir al niño, mientras Ofrey Agustín R. Ch. acuchillaba a su conviviente, Viviana Alexandra. Tras haber cometido el crimen, el agresor se clavó el cuchillo en el pecho y cayó ensangrentado.

El testigo del femicidio llamó al ECU 9-1-1 e inmediatamente acudieron Policía y paramédicos. Trasladaron Ofrey Agustín a un hospital en Quito. La atención médica le salvó la vida y tras un mes de hospitalización, salió directo a enfrentar el proceso penal. Al final, fue sentenciado a cumplir veintiséis años de privación de libertad.

La fiscal del caso, Diana Segarra, con base en doce testimonios, demostró en la audiencia de juzgamiento –instalada el 22 de agosto de 2022– que el procesado es el autor directo de femicidio: degolló y apuñaló a su conviviente, y después suicidarse.

El hecho ocurrió en Cayambe, la madrugada del 9 de septiembre de 2021.

El testimonio de una perita que elaboró la evaluación psicológica al agresor concluyó que –a pesar de tener trastornos que arraigaron en su personalidad estados de desconfianza y miedo al abandono– el ya sentenciado tiene la suficiente conciencia y voluntad de sus actos.

Agregó que el procesado le dijo que Viviana Alexandra quería terminar la relación sentimental que llevaban por diez años y que sospechaba que tenía una nueva pareja, porque salía “arreglada” a su trabajo “se puso uñas postizas y ella no era así”.

La fiscal Segarra llamó a testificar ante el Tribunal de Garantías Penales a otras once personas. La perita que practicó la autopsia psicológica, concluyó que la mujer vivía en un círculo de violencia cimentado por el procesado: la sometía a constantes agresiones físicas y verbales, lo que demostró la relación de poder y dominio que tenía sobre la víctima.

Esta conclusión fue concordante con el relato del padre de Viviana Alexandra, quien aseveró que varias veces vio a su hija con moretones en el rostro, pero que ella ocultaba los hechos diciéndole que se había caído y golpeado.

“Yo no fui”

El testimonio del procesado, durante su juzgamiento, no contó con pruebas de sustento. Ante los jueces aseveró que el “vecino miente”. Según su relato, aquella madrugada un desconocido ingresó a su vivienda y apuñaló a Viviana y después a él… “yo no fui”, dijo antes de escuchar la resolución del Tribunal, sentenciándolo a prisión y a entregar 10.000 dólares de reparación integral a los cuatro hijos de la víctima (dos en común), que permanecen al cuidado de la familia de la mujer.

Información jurídica

Fiscalía formuló cargos penales por femicidio, tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

 

 

 

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