Fiscalía obtiene pena de 22 años para un hombre que violó a su hija

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 863-DC-2023

Imagen de boletín: Fiscalía obtiene pena de 22 años para un hombre que violó a su hija

Gonzalo Pizarro (Sucumbíos), 31 de agosto de 2021.- Una adolescente de 13 años de edad sufrió agresiones sexuales reiteradas durante un año. Fiscalía apuntó su investigación hacia Manuel Gustavo R. F., padre de la víctima.

El hombre fue hallado culpable del delito de violación. Las pruebas presentadas en la audiencia de juicio por la fiscal Especializado en Violencia de Género No. 2 fueron valoradas y acogidas por un Tribunal de Garantías Penales, que resolvió privar de la libertad por veintidós años al procesado.

La fiscal que investigó el caso, manifestó en la diligencia que los hechos ocurrieron en el año 2017, hasta principios del 2018. La víctima –en ese entonces de 13 años– vivía con su padre. Durante ese año, dijo, ella sufrió de violencia sexual, como quedó detallado en el acta de testimonio anticipado rendido por la joven, quien actualmente tiene 17 años.

En el relato, ella narró que si no contó nada en ese entonces fue porque el agresor, Manuel Gustavo R. F., le pidió que no revele lo que ocurría. Además, dijo, temía que el resto de sus familiares no le crean.

Sin embargo, las secuelas psicológicas que dejaron las constantes violaciones no le dejaban dormir. Su agresor aparecía frecuentemente en sus sueños agrediendo a sus pequeñas hijas. Eso, indicó, le motivó a formalizar su denuncia para cerrar este amargo capítulo de su vida.

En la audiencia de juicio compareció como testigo el conviviente de la víctima. Bajo juramento, él informó al Tribunal que su pareja no puede dormir y que ella le contó que cuando tenía 13 años fue violada por su propio padre.

También se presentaron el médico legista, una perito psicóloga y una trabajadora social, quienes coincidieron en sus testimonios al detallar cómo ocurrieron las agresiones contra la víctima cuando tenía 13 años.

La prueba practicada por Fiscalía fue más contundente que la expuesta por la de la defensa del acusado, quien pretendió convencer al Tribunal que fue la víctima quien persistía en mantener una relación sentimental con su padre, Manuel Gustavo R. F.

Los jueces no acogieron ese argumento y, por el contrario, sentenciaron al procesado a una pena máxima por el delito de violación.

Información jurídica

El delito de violación por el que se emitió sentencia en este caso está contemplado en el artículo 171, inciso primero, numeral 3 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Además, se consideraron dos agravantes propias del delito, establecidas en el inciso segundo, numerales 5 y 6: “La o el agresor es ascendiente o descendente o colateral (…)”; y “La víctima se encuentre bajo el cuidado del agresor”.

 

 

 

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