Fiscalía obtiene máxima pena para procesada por el asesinato de joven extranjera
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 741-DC-2021
Riobamba (Chimborazo), 04 de agosto de 2021.- Silvia Patricia A. G. fue condenada a treinta y cuatro años y ocho meses de prisión, luego de que un Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo la declarara culpable, como autora directa, del asesinato de una joven extranjera.
La sentencia incluye el pago de una multa de 800 salarios básicos unificados y una reparación integral de 10.000 dólares a favor de la familia de la víctima.
Respecto a la otra procesada en esta causa, Lina María M. B., el Tribunal señaló que informará su resolución una vez que hayan transcurrido noventa días después del parto, puesto que se encuentra en estado de gestación.
Los hechos ocurrieron el 14 de febrero de 2021. En la audiencia de juicio, el fiscal Patricio Parco relató que la víctima se encontraba en compañía de tres amigas en la esquina de las calles Francia y Carondelet del cantón Riobamba, cuando Lina María M. B. lanzó gas lacrimógeno a los ojos de la víctima. Mientras eso sucedía, Silvia Patricia A. G. aprovechó para apuñalarla en el cuello con un arma cortopunzante, produciéndole una hemorragia aguda de la vena yugular, lo que le produjo su muerte inmediata.
Fiscalía demostró la responsabilidad de Silvia Patricia A. G. con la autopsia médico-legal practicada a la víctima, que determinó una muerte por hemorragia aguda externa; el informe de reconocimiento de evidencias (un cuchillo), el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, testimonios de agentes de Criminalística y Dinased, la explotación de audio y video de una cámara de seguridad de un local comercial, el acta de identificación de la procesada, el informe pericial de comparación de prendas de vestir, el informe pericial químico de los frascos de gas pimienta que utilizó una de las procesadas, entre otros elementos probatorios .
Información jurídica
El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y aunque determina una pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, se aplicaron circunstancias agravantes de la infracción estipuladas en el artículo 47 del mismo cuerpo legal.
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