Fiscalía obtiene justicia para Nayeli, víctima de femicidio
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 938-DC-2020
Quito (Pichincha), 20 de octubre de 2020.- Jairo David C. S., de 20 años, fue sentenciado a cumplir veintiséis años de privación de la libertad, como autor directo del delito de femicidio, perpetrado en quien fue su expareja, Nayeli, de 19 años.
Entrada la noche del 1 de diciembre de 2019, la víctima, con sus dos hijos pequeños y su madre, bajaban de San Roque al Centro Histórico, en Quito. Jairo David se acercó a ellas y le reclamó a Nayeli por la separación. Acto seguido, empezó a propinarle golpes.
Le sujetaba de los cabellos mientras requería un cuchillo. Las agresiones y posterior muerte de la víctima tuvieron lugar a pocos metros del domicilio de la madre del procesado. En el referido domicilio se encontraba su hermana , Doris C. S., quien le facilitó un arma corto punzante.
El procesado le propinó una puñalada a la víctima, cuya madre e hijos fueron testigos presenciales del hecho. Jairo David huyó, pero fue aprehendido minutos después en delito flagrante, mientras que su hermana fue aprehendida en el domicilio de su madre. Ambos fueron procesados como coautores de femicidio con agravantes.
Esta es la teoría del caso que expuso la fiscal especializada en violencia de género, Ana María Remache, en la audiencia de juzgamiento que concluyó la tarde del 16 de octubre de 2020.
Entre las principales pruebas –de las veinticuatro presentadas– con las que Fiscalía sustentó el caso, se incluyen los testimonios de la madre y hermana de la víctima, quienes coincidieron en que Nayeli se separó de su victimario dos meses antes del femicidio por los maltratos que le propinaba su conviviente. Incluso, en septiembre de 2019, compareció hasta la Fiscalía “Tres Manuelas” para valoración médica por las agresiones. Ahí la apoyaron con asistencia médica y direccionamiento legal.
Con ello “quedó demostrado que existió una relación de poder manifestada en la violencia física hacia la víctima”, manifestó al Fiscal.
Además, las pericias de entorno social y psicológica respaldaron el hecho de que el agresor sometió a su familia a un círculo de maltrato, puesto que presenta instintos de “agresividad marcada, es una persona violenta e irreflexiva al momento de actuar”, precisó el psicólogo Oscar Grijalva, en su testimonio ante el Tribunal Penal.
La pericia de ADN practicada al cuchillo arrojó como resultado solo las huellas dactilares y genéticas Jairo David, pero dieron negativo para el rastro genético de la hermana del agresor, por lo que el Tribunal de Garantías Penales, presidido por el juez Juan Carlos Méndez, ratificó el estado de inocencia de la mujer.
La reparación integral para la familia de la víctima se fijó en 10.000 dólares, anunció el Juez ponente al emitir su resolución mixta de forma verbal. También dispuso que se entregue el bono de desarrollo humano a los dos hijos de la víctima, un bebé de meses de nacido (hijo del agresor) y una niña de cinco años.
Dato jurídico
El caso se sentenció en aplicación del artículo 141, del Código Orgánico Integral Penal, que tipifica el delito de femicidio: “la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años”.
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