Fiscalía logra sentencia condenatoria en caso de tentativa de femicidio


La audiencia de juzgamiento se efectuó en el Tribunal Segundo de Garantías Penales de Cañar.

Cañar, 12 de octubre de 2015.- Jorge C. habría disparado en la frente a su conviviente, debido a que se negaba a restablecer la relación sentimental. Por ello el Tribunal Segundo de Garantías Penales de Cañar, lo sentenció a 9 años de pena privativa de libertad por el delito de femicidio en el grado de tentativa.

La decisión de los jueces se basó en las pruebas presentadas por la Fiscalía, durante la audiencia de juzgamiento efectuada el 5 y 12 de octubre de 2015.

La fiscal Susana Siguencia, informó al Tribunal que la víctima Mireya M. se separó de su conviviente debido a los constantes maltratos físicos, psicológicos y sexuales que recibía de su pareja.

Según investigaciones de la Fiscalía, el sentenciado no aceptó la decisión de Mireya M.; por ello el 10 de mayo de 2015 ingresó, a la fuerza, al domicilio de su suegra, donde habitaba la víctima, para pedirle que regresara con él. Ante la negativa de la conviviente, le habría disparado en la frente, provocándole lesiones que pusieron en riesgo su vida. 

Posterior a los hechos Jorge C. se disparó, por lo que fue trasladado a una casa de salud, donde fue detenido.

Según la fiscal Siguencia, las lesiones producidas por el proyectil ocasionaron en la víctima, dificultad en la memoria, lentitud mental, incapacidad permanente del ojo derecho; así como la probabilidad de posteriormente presentar epilepsia.

Para sustentar su acusación, la Fiscalía presentó a 13 testigos, entre ellos al perito que efectuó el análisis de barrido electrónico, con lo que la Fiscalía comprobó que en las manos del sentenciado se encontraron residuos de sustancias químicas, producto de haber accionado el arma que hirió a Mireya M.

Entre sus testigos, la Fiscalía también contó con la perito que efectuó la evaluación psicológica de la víctima. En su intervención la profesional señaló que Mireya M., presenta el síndrome de la mujer maltratada, estrés postraumático crónico, además que el grado de riesgo al que estaba expuesta era grave.

Como prueba documental, la Fiscalía expuso los informes de reconocimiento médico legal, practicado a la víctima y al sentenciado, el informe de inspección ocular técnica y levantamiento de evidencias, la pericia de descripción de evidencias; y, el análisis pericial balístico, entre otros.

La Fiscalía acusó a Jorge C. por el delito de femicidio sancionado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 39 del mismo cuerpo legal que tipifica la tentativa.

Según el artículo 39 del COIP, la pena aplicable será de uno a dos tercios de la que le correspondería si el delito se habría consumado. El femicidio es sancionado con una pena privativa de libertad de 22 a 26 años.