Fiscalía logra pena máxima contra 3 personas por asesinato


La fiscal Maria Coloma intervino en la audiencia de juicio por caso de asesinato.

Guayaquil, 30 de diciembre de 2015.- Una pena de 34 años y ocho meses de privación de libertad y el pago de 195.000 dólares por concepto de reparación integral, es la sentencia contra tres acusados por asesinato. Esa fue la decisión del Tribunal Cuarto de Garantías Penales del Guayas contra Jimmy Maya, Jery Góngora y Byron Velásquez.

En la audiencia del martes 29 de diciembre, la fiscal María Coloma, luego de 9 meses de investigación, presentó las pruebas para que los jueces las consideren y dicten sentencia condenatoria, con base en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Un total de 12 testigos, entre familiares, peritos y agentes investigadores de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros (Dinased), comparecieron ante el Tribunal y aportaron con información sobre el asesinato de Jorge Rosado Rizzo, registrado el 7 de marzo del 2015 en el sur de Guayaquil.

De igual manera, la fiscal expuso como prueba  la denuncia presentada y legalmente reconocida por un familiar de la víctima, el parte elaborado por agentes de la Dinased, el acta del levantamiento del cadáver, los partes de aprehensión y versiones de los acusados.

También se incluyó el protocolo de autopsia médico legal e informes de inspección ocular técnica, reconocimiento y reconstrucción de los hechos.

La Fiscalía intervino tras la denuncia presentada el 7 de marzo del 2015. Ese día, aproximadamente a las 23:00 en el sector Guasmo Central, cooperativa Virgen de Monserrate, se encontraban reunidos los hermanos Jorge y Daniel Rosado Rizzo, junto con algunos amigos y a media cuadra del lugar, de un automóvil se bajaron dos personas y caminaron hacia ellos.

Sorpresivamente, los desconocidos sacaron a relucir unas pistolas y al grito de ¡Alto Policía!,  dispararon contra el grupo. Ante esto todos corrieron y se percataron que cayó herido Jorge Rosado Rizzo. Uno de los pistoleros se acercó y le disparó en la cabeza. Todos reconocieron a las personas que ejecutaron los disparos.

Tras analizar la teoría del caso sustentado por la Fiscalía y validar las pruebas presentadas, el Tribunal determinó la culpabilidad de Jery Góngora como autor y de Jimmy Maya y Byron Velásquez como coautores del delito, según el artículo 140 del COIP, en concordancia con el artículo 42 de la misma normativa.

Datos:

Según el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la persona que mate a otra será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años si concurre con las siguientes agravantes:

Colocar a la víctima en situación de indefensión, inferioridad o aprovecharse de esta situación; buscar con dicho propósito, la noche o el despoblado; utilizar medio o medios capaces de causar grandes estragos y aumentar deliberada e inhumanamente el dolor a la víctima.

El artículo 42 del COIP expresa que responderán como autoras las personas que incurran en las siguientes modalidades:

Quienes cometan la infracción de una manera directa e inmediata; quienes no impidan o procuren impedir que se evite su ejecución teniendo el deber jurídico de hacerlo; así también  quienes instiguen o aconsejen a otra persona para que cometa una infracción, cuando se demuestre que tal acción ha determinado su comisión.