Fiscalía General del Estado solicita 1 año de pena privativa de libertad para dos expolicías en el caso Balda
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 024-DC-2019
Quito, 08 de febrero de 2019.- La Fiscal General del Estado (e), Dra. Ruth Palacios Brito, solicitó en su alegato al Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia que condene a los expolicías Raúl Ch. y Diana F., a doce meses de pena privativa de libertad como autores del plagio (secuestro) al señor Fernando Balda, ocurrido en 2012, en Colombia.
La máxima autoridad de la Fiscalía pidió esta pena, por el acuerdo de Cooperación Eficaz firmado con ellos el pasado 7 de mayo de 2018. La información proporcionada por los acusados, luego de ser corroborada, fue determinante para vincular al hecho a Rafael C. y Pablo R., expresidente de la República y exsecretario Nacional de Inteligencia, respectivamente, para quienes este juicio está suspendido.
Asimismo, como mecanismos de reparación integral, la Fiscalía solicitó medidas de satisfacción simbólicas como la disculpa y el reconocimiento público de los hechos y de las responsabilidades por parte de Raúl Ch., y Diana F.
En la audiencia de juzgamiento que inició el lunes 4 de febrero, en la Corte Nacional de Justicia, ante el Tribunal de la Sala Penal conformado por Miguel Jurado, Sylvia Sánchez y Édgar Flores, la Doctora Ruth Palacios Brito, presentó 44 pruebas testimoniales, periciales y documentales, para demostrar la existencia del delito y la participación de los acusados en el acto ilícito.
Los primeros elementos probatorios expuestos por la Fiscalía fueron los testimonios anticipados de los dos acusados. Raúl Ch. (en aquel entonces agente de Inteligencia), mencionó que el presunto plagio (secuestro) se habría realizado por orden del expresidente de la República, quién aprovechándose de su autoridad dispuso al exsecretario de Inteligencia ubicar y traer a toda costa al exasambleísta al territorio ecuatoriano por hacer pública, en redes sociales, la denuncia de un ciudadano quién aseveró ser víctima de acoso sexual por parte de Rafael C., lo que se conoce como el caso “Mameluco” y además porque existía una orden de captura en contra de Balda en el Ecuador.
En su testimonio, Raúl Ch., indicó que Pablo R. le dispuso que cumpla con la orden. Para lograr el cometido, Raúl Ch. contrató a cinco personas a las que habría pagado USD 28000 (con fondos de gastos reservados del Estado) para no levantar sospechas. Además, dijo que la orden del exprimer mandatario habría sido “que traigan como sea a Fernando Balda desde Colombia a Ecuador”.
El testimonio anticipado de Diana F., cuya duración fue de aproximadamente 2 horas, evidenció que cumplió las veces de acompañante y que por orden directa de Pablo R., debía estar pendiente de todas las acciones realizadas por Raúl Ch., antes y durante el hecho.
Asimismo, se presentó el testimonio de una perito en sistemas de inteligencia y seguridad, quien manifestó que la operación fue realizada al margen de la ley y que no la ejecutó personal calificado y con experiencia. Raúl Ch. y Diana F., cumplían funciones de agentes de inteligencia, pero de barridos electrónicos.
También, se presentó el resultado de una pericia que analizó la estructura de mando. Allí se mostró que las órdenes para los agentes fueron emitidas por sus inmediatos superiores, específicamente el Secretario Nacional de Inteligencia (Pablo R.) quien cumplía una disposición del expresidente de la República (Rafael C.).
Otra de las pruebas presentadas fue la pericia realizada por un especialista en seguridad, quien explicó que en el Reglamento de Seguridad Pública y la Ley de Seguridad Pública consta que los agentes de inteligencia viajan al exterior únicamente para la recolección y procesamiento de información sobre un determinado suceso, más no para contratar a personas para el cometimiento de un delito.
Posteriormente, se reprodujo tres conversaciones entre Raúl Ch., Diana F. y Pablo R, que duraron aproximadamente 5 horas, esto permitió conocer la ayuda política y económica que los exagentes solicitaban a Pablo R. a quien le pidieron que le haga llegar este requerimiento al exprimer mandatario.
La Fiscalía presentó un recibo a nombre de Raúl Ch. emitido por una empresa de alquiler de autos en el que detalla la renta de dos vehículos. También los boletos aéreos a nombre de los expolicías.
Otra de las pruebas presentadas fue el testimonio de Fausto T., exdirector Nacional de Inteligencia de la Policía Nacional, quien manifestó que si bien los dos procesados estuvieron a su cargo, él nunca conoció de esta operación, pues ambos recibieron órdenes directas del exsecretario de Inteligencia, por cuanto los dos agentes estaban asignados a la SENAIN. Dijo que de acuerdo a la información compartimentada, solo conocen el tema quien emite la orden y quien la acata, para que la operación no falle y así salvaguardar la integridad de los agentes.
A través de videoconferencia desde la Fiscalía de Colombia se receptaron varios testimonios. Entre ellos de la persona que estuvo con Fernando Balda al momento de su secuestro y quien presenció cuando 2 personas lo obligaron a subir a la fuerza a un vehículo.
Se presentó además el testimonio de una agente colombiano quien indicó de la captura de Jhonatan Uzuriaga, el primer detenido de los integrantes del grupo de plagiadores que fueron contratados por Raúl Ch. para el cometimiento del acto ilícito. Todos reconocieron al exagente a través de fotografías proporcionadas por la policía de ese país.
Luego de que las partes procesales anunciaron sus respectivos alegatos de clausura, el Tribunal Penal dispuso que en una audiencia privada se revisen los términos con los que se firmó el acuerdo de Cooperación Eficaz.
Datos:
La Fiscalía General del Estado, acusó a los procesados con base a los artículos 188, en concordancia con el 189 numeral 4 del Código Penal vigente a la fecha en que se suscitó el delito.
Raúl Ch. y Diana F. tienen una investigación en la Fiscalía de Colombia con órdenes de captura; no obstante en ese país no se les ha realizado imputación penal por este caso.
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