Fiscalía fundamentó contra el pedido de la defensa en audiencia de estrados del caso Núques


Cecilia Armas, fiscal General subrogante, participó en esta audiencia.

Quito, 16 de septiembre del 2015.- En la Corte Nacional de Justicia (CNJ) se realizó la audiencia en estrados solicitada por el Servicio de Rentas Internas (SRI), en el proceso que se sigue por falsedad de instrumento público.

Cecilia Armas, fiscal General subrogante, participó en esta audiencia. El objetivo era fundamentar ante el pedido de prescripción de la acción penal solicitado por los procesados Alberto C. (exdirector del SRI) y Sócrates V. (exprocurador General del Estado).

Estos ciudadanos alegan que se les debe aplicar el principio de favorabilidad previsto en el artículo 5.2 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Consideran que la acción penal prescribió, debido a que han transcurrido más de siete años desde que se inició la instrucción fiscal en este caso (febrero de 2008).

Al respecto, la Fiscalía expuso que el artículo 5 del COIP determina que el principio de favorabilidad se aplica al decidir sobre una pena menos rigurosa para el sentenciado. Por ello es que solicitó al Tribunal que desestime las peticiones de los recurrentes.

Así también, los representantes del SRI y de la Procuraduría General del Estado manifestaron que no es procedente el pedido de los procesados.

Estas personas fueron llamadas a juicio en octubre del 2014, ya que habrían participado en la firma de un acta de mediación, en la que se hicieron constar obligaciones inexistentes para que el Estado ecuatoriano pague 23 millones de dólares a los herederos de la familia Núques.

Esta acta fue firmada por José C. y el procurador judicial de la familia Núques, en 2007. Los herederos Julio Núques Salvador y José y Elena Núques Villacís hicieron su reclamo, porque, supuestamente, fueron afectados por la expropiación de sus bienes. Estos son un ingeniero azucarero y las haciendas ‘La Virginia’ , ‘El Colorado’ y ‘La Esperanza’, ubicadas en la provincia de Los Ríos.

El Tribunal de la Sala Penal, conformado por Iván Saquicela, Daniela Camacho y Silvia Sánchez, emitirá su resolución en los próximos días.

Dato:

El delito de falsedad en un instrumento público está contemplado en el artículo 339 del Código Penal.