Fiscalía formuló cargos contra dos personas por un presunto peculado en el IESS

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 174-DC-2018

Fiscalía formuló cargos contra dos personas por un presunto peculado en el IESS

Quito, 20 de agosto de 2018.- Tras acoger la solicitud de la Fiscalía, el Juez Máximo Ortega dispuso la prohibición de salida del país, presentación periódica ante la Unidad Especializada que lleva la causa y la prohibición de enajenar bienes, en contra de Bolívar B. y Henry M., quienes son procesados por su presunta participación en el delito de peculado en una contratación irregular de equipos oftalmológicos, realizada en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS.

El trabajo investigativo de la Fiscalía inició en base a un informe con indicios de responsabilidad penal emitido por la Contraloría General del Estado,  sobre un examen especial realizado a las etapas precontractual y contractual de una licitación de adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de equipos oftalmológicos para las unidades médicas del IESS.

El Fiscal del caso, José Eduardo Maldonado, manifestó al Juez que el mencionado informe determina que al momento de evaluar la adjudicación, no se realizaron los estudios adecuados de las propuestas presentadas ya que no se tomó en cuenta a una oferta más económica que también cumplía con los requisitos presentados por la entidad.

De la investigación de la Fiscalía se desprende que existiría un perjuicio económico al Estado de USD 5’503.370,  cuya responsabilidad recaería sobre los ex funcionarios del IESS, Bolívar B. y Henry M.

Además, el juez señaló el inicio de la instrucción fiscal, con una duración de 90 días.

Dato:

El delito de peculado está tipificado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que señala que los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, determinadas en la Constitución de la República, en beneficio propio o de terceros; abusen, se apropien, distraigan o dispongan arbitrariamente de bienes muebles o inmuebles, dineros públicos o privados, efectos que los representen, piezas, títulos o documentos que estén en su poder en virtud o razón de su cargo, serán sancionados con pena privativa de libertad de 10 a 13 años.

 

 

 

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