Fiscalía discrepa con resolución de Sala Especializada de la Familia que dispuso libertad de ciudadanos extranjeros, procesados por secuestro extorsivo

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 543-DC-2021

Fiscalía discrepa con resolución de Sala Especializada de la Familia que dispuso libertad de ciudadanos extranjeros, procesados por secuestro extorsivo

Guayaquil (Guayas), 11 de junio de 2021.- Los jueces de la Sala Especializada de la Familia, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores, de la Corte Provincial del Justicia de Guayas, en audiencia de habeas corpus del pasado 2 de junio, dispuso la libertad de tres ciudadanos chinos, procesados por su presunta participación en el delito de secuestro extorsivo, cometido contra una persona de la misma nacionalidad, el pasado 5 de marzo de 2021 en el norte de Guayaquil.

El fiscal de la Unidad de Delincuencia Organizada Transnacional (Fedoti), Darwin Muñoz Mora, presentó su inconformidad con el proceso y remitió un informe a la fiscal provincial del Guayas, Yanina Villagómez, en el que indica el procedimiento que tomaron los jueces que emitieron su resolución verbal y que ni Fiscalía ni el Juez de Garantías Penales que lleva el proceso fueron convocados a dicha audiencia.

Para Fiscalía, la acción conlleva algunos problemas jurídicos, entre estos: que los jueces que conocieron el habeas corpus actuaron en contra de lo establecido en el numeral 2, del artículo 44 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y que omitieron convocar a la autoridad a órdenes de la cual se encontraban las personas procesada Xu W., Xiang Q. y Guo G., al momento en que estos presentaron la acción constitucional.

También se habría afectado el derecho a la seguridad jurídica, contenido en el artículo 82 de la Constitución, ya que quitarle implícitamente al juzgador –cuya competencia nació del sorteo de Ley– la facultad de verificar el cumplimiento de las medidas impuestas, genera inestabilidad a todos los sujetos procesales, entre los cuales se encuentran los beneficiarios del habeas corpus, debido a que se desconoce quién es su juez natural.

Se vulnera, además, el contenido del artículo 75 de la Constitución: el derecho a la tutela judicial efectiva, debido a que se atenta contra el derecho de la víctima a una justicia pronta, que es unos de los fines legítimos para que opere la privación de libertad, sometiéndola a incertidumbre y angustia.

Acciones

Al momento, la Fiscalía General del Estado coordina acciones internas para brindar protección al afectado, y, con la Procuraduría General del Estado, para presentar un recurso de apelación a la sentencia en la presente acción jurisdiccional de los jueces Jessy Monroy, Carlos Zambrano y Rocío Córdova, pertenecientes a la Sala Especializada de la Familia, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, y requerir, en instancia superior, la declaratoria de error inexcusable.

Contexto: el caso, operativo y proceso penal

En operativo conjunto entre Fiscalía y la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Secuestro y Extorsión (Dinased), ejecutado el 5 de marzo de 2021, ubicaron y recuperaron a un ciudadano chino secuestrado por tres personas, a quien mantenían maniatado al interior de una vivienda dentro de una urbanización privada de la vía Guayaquil-Pascuales.

El operativo dejó tres detenidos, también de nacionalidad china, quienes fueron trasladados a la Unidad de Flagrancia Cuartel Modelo. Ese mismo día, el juez de Garantías Penales Ricardo Ramos les dictó prisión preventiva por el delito de secuestro extorsivo.

Una vez sorteado el proceso, el juez César Hermida avocó conocimiento del caso y fijó, para el 30 de marzo de 2021, la audiencia de revisión de medidas contra Xu W., Xiang Q. y Guo G., en la que ratificó su prisión preventiva.

El 14 de mayo de 2021, la defensa técnica de los procesados solicitó una acción de habeas corpus ante los jueces de una Sala Especializada de la Niñez, quienes la concedieron y resolvieron la acción constitucional a favor de los tres extranjeros, poniéndolos en libertad, en una audiencia que se desarrolló sin presencia de Fiscalía ni del Juez a cargo del proceso.

Para el 9 de junio de 2021, a las 15:00 estaba prevista la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio solicitada por Fiscalía para emitir su acusación contra los procesados; sin embargo, fue sorpresa que la defensa técnica de los tres extranjeros –mediante un escrito– comunicaron que a los procesados se les había concedido una acción constitucional de habeas corpus y que se encuentran en libertad, acción que era desconocida por el juzgador a órdenes del cual se encontraban los privados de libertad, por Fiscalía y por la acusación particular (víctima).

 

 

 

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