Fiscalía concluyó con la presentación de la prueba en audiencia de juicio caso ‘Carta Negra’
Quito, 04 de mayo de 2015.- La Fiscalía concluyó con la presentación de las pruebas testimoniales, documentales y materiales contra 7 ciudadanos, por asociación ilícita, en caso ‘Carta Negra’.
Este 04 de mayo se reinstaló en el Tribunal Segundo de Garantías Penales de Pichincha la audiencia de juicio luego que el Tribunal la suspendiera el 8 de diciembre del 2014.
La fiscal del caso, Thania Moreno, presentó el testimonio de 17 personas, entre peritos de Criminalística, quienes levantaron evidencias como cartas de invitación y declaraciones juramentadas realizadas en varias notarías de Quito.
También la extracción de información de los equipos informáticos incautados en los allanamientos realizados durante el operativo ‘Carta Negra’, ejecutados el 23 de diciembre del 2013.
Entre los procesados constan funcionarios públicos y empleados de notarías, quienes habrían tramitado documentos migratorios en forma ilegal para regularizar la permanencia de los extranjeros en Ecuador.
La fiscal Moreno mostró al Tribunal como prueba documental un oficio emitido por el Consejo de la Judicatura, el cual demostraría que una de las procesadas en su calidad de notaria habría recibido más de 500.000 dólares americanos.
Investigaciones de la Fiscalía determinaron que los integrantes de esta red delictiva reclutaban a ciudadanos ecuatorianos de escasos recursos económicos con el objetivo de que éstos presten su identidad y firma.
A cambio recibían dinero para facilitar cartas de invitación para ciudadanos extranjeros, permitiendo así su ingreso al Ecuador.
Los procesados cobraban a los ciudadanos cubanos entre 800 a 1000 dólares norteamericanos, a cambio les ayudaban a obtener, de forma irregular, documentos de viaje, para trasladarse a Ecuador.
El Tribunal Segundo de Garantías Penales de Pichincha reinstalará el 5 de mayo la audiencia de juicio, donde presentarán prueba testimonial la parte acusada.
Dato:
El delito de asociación ilícita está tipificado en el artículo 370 del Código Penal y estipula una sanción de 3 a 5 años de prisión.