Fiscalía apeló sentencia absolutoria dictada a favor de los hermanos Daniel y Noé S.B. en caso de lavado de activos

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 673-DC-2021

Fiscalía apeló sentencia absolutoria dictada a favor de los hermanos Daniel y Noé S.B. en caso de lavado de activos

Machala (El Oro), 16 de julio de 2021.- De forma oral, Fiscalía apeló la sentencia absolutoria emitida la noche de este jueves 15 de julio, por parte del Tribunal de Garantías Penales de El Oro, a favor de los hermanos Daniel y Noé S. B., Jorge S. M., Jorge S. V. y 6 empresas, procesados por el delito de lavado de activos, por un monto de 1’956.125,12 dólares.

Por unanimidad, el Tribunal conformado por los jueces Manuel Zhapán, Rafael Arce y Wilson Landívar, ratificó el estado de inocencia de los involucrados y dispuso el levantamiento de medidas cautelares que pesan en su contra.

La fiscal de la Unidad Antilavado de Activos, Ivonne Proaño, formalizará la apelación cuando el fallo sea notificado por escrito, pues no concuerda con esa resolución, ya que en la audiencia de juicio, que se desarrolló durante catorce días en jornadas que se extendieron hasta por doce horas, presentó cincuenta y tres pruebas testimoniales y 102 documentales, con las que demostró la existencia del delito y la responsabilidad penal de los procesados.

Antecedentes, contexto y pruebas presentadas

Esta investigación se inició tras la detención de Noé S., el 9 de junio de 2020, en un paso irregular de la frontera entre Ecuador y Perú con dinero en efectivo. Además, portaba documentos personales y de otros, más de ocho teléfonos celulares, al menos diez chips telefónicos, soles peruanos, tarjetas de crédito de él y de su hermano, Daniel S., y varias credenciales, entre estas una que tenía el nombre de Abraham M. con la foto de Daniel S.

Daniel S. tenía como actividad económica en su RUC “la cría y explotación de criaderos de peces”. Durante dos años, aproximadamente, realizó consumos con tarjetas de crédito en el exterior por 614.252 dólares, por compras en tiendas Gucci, Louis Vuitton, Dolce & Gabbana, entre otras tiendas de reconocidas y costosas marcas. Además, importó un vehículo Toyota Sequoia con uso de un carné de discapacidad, automotor que no es comercializado en el Ecuador y cuyo valor sería de 97.000 dólares.

Fiscalía también probó que estas personas conocían que las empresas procesadas simularon la prestación de servicios para ocultar el origen ilícito de este dinero, el cual provenía de coimas y sobornos (por contratos con terceros y con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social).

La compañía HDC Producciones C. A., dedicada a la producción de espectáculos, simuló la prestación de servicios a la Importadora y Exportadora Dapasma S. A. por 435.000 dólares y a Silverti S. A. por 196.850,39 dólares (ambas dedicadas a la venta de instrumentos médicos); y a otra empresa que la subcontrató para que realice actividades de cobranza al IESS por 984.313,73 dólares.

Mientras que la compañía Salnoedan Productions S. A., dedicada a actividades de producción de espectáculos artísticos, simuló una relación comercial con BIOIM Cía. Ltda., empresa dedicada a la venta de equipos médicos, por 339.961 dólares. Mientras que la empresa HDC Producciones se dedicó a otorgar préstamos a terceros por montos superiores a los 100.000 dólares.

Una de las compañías procesadas, Paliye S.A., que mantenía en su RUC la actividad económica de “construcción de todo tipo de edificios”, registró ingresos por aproximadamente 14.000 dólares.

Esta compañía compró tiquetes aéreos a Miami por cerca de 17.000 dólares para Abdalá B. P y su familia, además, adquirió un inmueble en la Puntilla por el valor de 300.000 dólares y realizó una transferencia a Estados Unidos por 100.000 dólares, para una inversión en supuestos “eventos artísticos”.

El incremento patrimonial de los procesados se evidenció con la adquisición de varios inmuebles, vehículos de alta gama, grandes cantidades de dinero en sus cuentas bancarias, viajes, consumos elevados con tarjetas de crédito en el exterior, entre otros.

 

 

 

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