Fiscalía apelará sentencia impuesta a 2 de los 7 procesados por la muerte de 18 personas en incendio en clínica de rehabilitación

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 007-DC-2020

Fiscalía apelará sentencia impuesta a 2 de los 7 procesados por la muerte de 18 personas en incendio en clínica de rehabilitación

Los jueces del Tribunal Penal del Guayas sentenciaron al Director del centro privado de rehabilitación y al ciudadano que lo asistía, mientras que a los exfuncionarios de Salud que otorgaron los permisos de funcionamientos, se les ratificó la inocencia.

Guayaquil (Guayas), 06 de enero de 2020.- “La Fiscalía no comparte el criterio de los magistrados del Tribunal Penal que sentenció a dos procesados y ratificó el estado de inocencia de otros cinco, que fueron llevados a juicio por un presunto delito de homicidio, tras la muerte de dieciocho personas al interior de una clínica particular de rehabilitación, el 11 de enero de 2018, en el sur oeste de Guayaquil”.

Así lo informó el fiscal que lleva el caso, César Peña Morán, luego de que concluyera la audiencia de juzgamiento, el sábado 4 de enero, en la Unidad Judicial Albán Borja, luego de dieciocho días de continuas diligencias.

“Una vez que la sentencia emitida por parte de los jueces sea notificada por escrito a las partes procesales, tendremos tres días para apelar el fallo, ya que no estamos de acuerdo con el mismo”, señaló el fiscal Peña.

La sentencia, emitida por mayoría de los magistrados Diana Cueva y Segundo Mina, acogió en parte las pruebas presentadas por Fiscalía en lo que respecta a los procesados Orlyn Octavio B. A. y Leandro Johnny A. A., dueño de la clínica y encargado de las llaves del establecimiento siniestrado, respectivamente.

Entre estas pruebas constaron el informe ocular técnico, el de investigaciones de la Dirección de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas y Desapariciones (Dinased), las versiones de los procesados y las denuncias de los familiares de las víctimas. A estas se sumaron los informes del Ministerio de Salud Pública, de reconstrucción y reconocimiento del lugar de los hechos y de las autopsias practicadas a las víctimas.

Los jueces emitieron sentencia condenatoria contra Orlyn Octavio B. A. y Leandro Johnny A. A., de seis años y ocho meses de pena privativa de libertad, por el delito de homicidio culposo, más las agravantes, situación que varío, ya que Fiscalía los había procesado por el delito de homicidio, cuya sanción va de diez a trece años de prisión.

Además, los magistrados impusieron una multa de 270.000 dólares a cada sentenciado y una sanción económica de reparación integral de 30.000 dólares para los familiares de las dieciocho víctimas.

Sobre los otros cinco procesados, Winston Marcelo P. R., Sindy Magaly Z. G., Margarita Esperanza A. Z., Carlos Luis C. S. y Bernardo Paúl H. B., exfuncionarios del Ministerio de Salud, los jueces no consideraron las pruebas presentadas por Fiscalía y ratificaron su estado de inocencia, a excepción del magistrado Carlos Churta, que salvó su voto.

Antecedentes

Tras un incendio en la clínica de rehabilitación para consumidores de alcohol y drogas “Por una nueva vida”, ubicada en las calles 25 y la I, en el que fallecieron dieciocho personas, Fiscalía inició de oficio las investigaciones y solicitó –en audiencia de flagrancia– la prisión preventiva para Orlín Octavio B. A. y Leandro Johnny A. A., propietario de la clínica y encargado de las llaves del establecimiento, respectivamente, por el presunto delito de homicidio.

Posteriormente, en la audiencia de vinculación del 19 de febrero de 2019, se procesó a otros cinco ciudadanos, todas exfuncionarios del Ministerio de Salud zonal 8 de Guayaquil, encargadas aparentemente de la emisión de los permisos de funcionamiento del establecimiento afectado.

Dato jurídico

Fiscalía los procesó con base a lo dispuesto en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 28 de este mismo cuerpo legal, que sanciona el delito de homicidio con pena privativa de libertad de diez a trece años. Con las agravantes el delito podría ser sancionado hasta con diecisiete años de prisión.

 

 

 

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