Fiscalía apela sentencia de 19 años de prisión por violación

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1269-DC-2023

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Shushufindi (Sucumbíos), 29 de noviembre de 2023.- Jhon Jairo V. L. fue sentenciado a diecinueve años de privación de libertad, la sanción más baja que establece el Código Orgánico Integral Penal (COIP) para el delito de violación.

La Fiscal de esta causa –sobre la base de la verdad procesal y de la prueba actuada– pretendía que el Tribunal sentencie al procesado a una pena máxima agravada, considerando que incurrió en las circunstancias agravantes del artículo 47, numeral 11, del COIP: “cometer la infracción en perjuicio de niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, mujeres embarazadas o personas con discapacidad”.

A criterio de Fiscalía, la conducta del sentenciado también se adecuó a lo que establece la circunstancia agravante del artículo 48, numeral 9, de la misma norma: “conocer a la víctima con anterioridad a la comisión de la infracción”.

De acuerdo con la prueba presentada por Fiscalía en la audiencia de juicio, el procesado sabía de la existencia de la agraviada, pues él era parte del mismo equipo de fútbol al que pertenece el padrastro de la adolescente. Esto motivó a que, previamente, exista una interacción entre la agraviada de 12 años y el agresor.

Sin embargo, en su resolución, los jueces no consideraron ninguna circunstancia agravante, aunque sí determinaron la responsabilidad del Jhon Jairo V. L. en el delito de violación.

Al no compartir el criterio del Tribunal respecto a la cuantía de la pena, la Fiscal de la causa presentó un recurso de apelación ante la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos, para que sean los magistrados de segunda instancia quienes determinen si el procesado incurrió en dicha circunstancia agravante.

Los hechos probados por Fiscalía ocurrieron el 18 de noviembre de 2022. Ese día, la víctima acompañó a su madre y su padrastro a la cancha, donde se disputaba un partido de fútbol. Al terminar el encuentro, sus familiares tomaron unas cervezas con Jhon Jairo V. L. y la adolescente se retiró a su vivienda con su hermano de 7 años, pues este último tenía sueño.

Las horas pasaron y ni la madre de la víctima ni su padrastro retornaban a casa. Ella, preocupada, le escribió al procesado por una aplicación de mensajería instantánea para preguntar por su familia. El hombre respondió que continuaban tomando.

Al saber que la adolescente estaba sola, tomó su moto y fue al inmueble para cometer el delito.

Por estos hechos, el Tribunal también le impuso el pago de una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la víctima y de una multa de 600 salarios básicos unificados.

Información jurídica

Jhon Jairo V. L. fue procesado por el artículo 171, inciso primero, numerales 2 y 3, del COIP, que establece una pena de diecinueve a veintidós años para el delito de violación “cuando se use violencia, amenaza o intimidación” o “cuando la víctima sea menor de catorce años”.

 

 

 

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