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Fiscal General recusó a Juez Hernán Ulloa por Caso Dahik

 

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Quito, 25 de enero de 2012. (Red Fiscalía).-  “He recusado al juez que conoce la causa y espero que el tema sea manejado de acuerdo a las leyes y a la Constitución de este país. Considero que el Juez Ulloa está equivocado e hizo una interpretación absolutamente equivocada sobre el tema de la nulidad, manifestó Galo Chiriboga, Fiscal General del Estado, al referirse a la recusación contra el Juez Hernán Ulloa, presentada  ante los Jueces de Sustanciación de la Primera Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, dentro del juicio penal que se sigue a Alberto Dahik.

La Fiscalía considera que el juez Ulloa Parada debe ser separado del conocimiento de la causa porque inobservó algunos lineamientos jurídicos, tales como el Art. 28 del Código Orgánico de la Función Judicial, que se refiere a la obligatoriedad de administrar justicia, e indica que las juezas y jueces, en el ejercicio de sus funciones, se limitarán a juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado  con arreglo a la Constitución, a los instrumentos internacionales de derechos humanos y las leyes de la República.

Con esos antecedentes, el Fiscal General señala que Hernán Ulloa no se pronunció  sobre lo principal, esto es, no emitió la sentencia correspondiente, ratificando el estado de inocencia del procesado o su condena y por el contrario declaró la nulidad del proceso.

Según la recusación que presentó la Fiscalía a las 10:00 del miércoles 25 de enero, el juez Ulloa Parada no reparó en lo dispuesto  en el Art. 358  del Código de Procedimiento Civil, norma supletoria del Código Adjetivo Penal, toda vez que la Primera Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ese entonces, en el auto dictado el 5 de mayo  de 1997, ya consideró el recurso de nulidad alegado por el ex vicepresidente de la República, Alberto Dahik, nulidad que es nuevamente declarada en el auto dictado por Hernán Ulloa Parada.

Galo Chiriboga, informó también que la Fiscalía estará vigilante de que a partir de la presentación de esta recusación, el juez Ulloa no realice ninguna acción que lo vincule al proceso por peculado y enriquecimiento ilícito abierto en contra de Alberto Dahik Garzozi.

Previo a este acto, la Fiscalía General del Estado presentó, el lunes 23 de enero, ante la Primera Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, la revocatoria de la declaratoria de nulidad del proceso en contra del ex Vicepresidente de la República, acto realizado por el juez Ulloa Parada. Comunicación Social.-fpp