Exjueza acepta sentencia impuesta por tráfico de influencias

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 131-DC-2024

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Quito (Pichincha), 30 de enero de 2024.- La exjueza María Belén D. cumplirá su sentencia bajo la modalidad de suspensión condicional de la pena, a la que se acogió aceptando el fallo de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, que la condenó a tres años por encontrarla responsable –como autora directa– del delito de tráfico de influencias.

Pese a la oposición del fiscal provincial de Pichincha, Hernán Flores Pesántez, a esta suspensión condicional de la pena, la Sala de lo Penal –al ser una decisión exclusiva de los jueces– concedió el requerimiento de María Belén D., al considerar que cumple con los requisitos del artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal.

Los magistrados también le advirtieron a la sentenciada que debe cumplir seis condiciones, establecidas en el artículo 631 del mismo cuerpo legal.

Durante el período que dure la suspensión condicional de la pena, la procesada debe residir en un domicilio determinado e informar cualquier cambio a la autoridad competente; además, no puede salir del país sin una autorización previa emitida por un juez de garantías penitenciarias.

La Sala le indicó a María Belén D. que debe tener un trabajo, profesión u oficio; también está obligada a presentarse cada tres meses ante la Corte; no ser reincidente y tampoco tener una instrucción fiscal por un nuevo delito.

El 25 de enero de 2024, Fiscalía probó que María Belén D. incurrió en tráfico de influencias al ejercer influencia sobre dos ayudantes judiciales para tramitar una acción constitucional que presentó el exalcalde de Quito, Jorge Y., con el fin de conservar su cargo como primera autoridad de la ciudad. Lo hizo prevaliéndose de las facultades de su cargo como jueza.

A más de la sentencia de tres años impuesta por la Sala de lo Penal, los jueces también le impusieron una multa de cuatro salarios básicos unificados.

 

 

 

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