Exjuez de Paján es llamado a juicio por presunto prevaricato
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 968-DC-2023
Portoviejo (Manabí), 21 de septiembre de 2023.- Luego de analizar el anuncio de prueba que sustentó el dictamen acusatorio presentado por la Fiscalía Provincial de Manabí en la audiencia preparatoria de juicio, el presidente de la Corte Provincial de Justicia de la provincia llamó a juicio al exjuez del cantón Paján, Simón G., por su presunta participación en prevaricato.
Además, el Juez ratificó las medidas cautelares de prohibición de salida del país y presentación periódica ante la autoridad. Asimismo, la prohibición de enajenar bienes del procesado.
En el desarrollo de la audiencia, después de declarar la validez de todo lo actuado por la Fiscalía, el Juez escuchó los elementos de convicción recabados en la investigación que inició por la denuncia de una persona, presuntamente perjudicada por una decisión del exfuncionario público, que falló en su contra en un juicio de inquilinato.
Entre los principales elementos anunciados están la sentencia emitida por el exjuez; la calificación de manifiesta negligencia (por los mismos hechos denunciados), emitida por el Consejo de la Judicatura; y, la resolución con la cual se lo destituye de su cargo.
Además, la denuncia presentada por la víctima, el reconocimiento del lugar de los hechos y el acta de levantamiento de evidencias encontradas en un allanamiento realizado por Fiscalía en diciembre de 2022.
Respecto al exjuez del cantón Paján, Simón G., la Institución publicó un comunicado rechazando las acciones del procesado, en otras decisiones que, bajo su criterio, se encuentran apartadas de la Ley, como la emisión de boleta de excarcelación de una persona con sentencia por robo agravado. Asimismo, por la decisión con la cual Daniel S. recobró su libertad, aunque sobre él pesan tres sentencias condenatorias.
Información jurídica
El prevaricato se encuentra tipificado en el artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal y sanciona a las o los árbitros en derecho que fallen contra ley expresa, en perjuicio de una de las partes, con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
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