Exfuncionaria del Municipio de Loja, sentenciada como responsable de peculado
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 814-DC-2022
Loja (Loja), 26 de octubre de 2022.- Concluida la presentación de la prueba de cargo y de descargo –y luego del análisis correspondiente–, un Tribunal de Garantías Penales de Loja sentenció a Mercy M. a diez años de pena privativa de libertad: fue declarada culpable del delito de peculado, cometido en junio de 2019, al desviar los fondos de los valores cancelados por usuarios de un parqueadero municipal.
La sentencia también contempla el pago de una multa de cuarenta salarios básicos unificados y la reparación al Municipio de la ciudad, por los valores de los que se apropió de forma ilegal, más los intereses de ley, y la imposibilidad de ejercer cargos públicos. Además, deberá ofrecer disculpas públicas.
Según comprobó Fiscalía en la audiencia de juicio, la procesada ejercía las funciones de recaudadora en el Parqueadero Centro Comercial –que se encuentra administrado por el Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) Municipal de Loja–, y de esa entidad desvió un total de 11.812,50 dólares correspondientes a un porcentaje de los pagos recibidos por usuarios de ese lugar.
Luego de una auditoría relacionada al manejo de ese espacio, el Municipio de Loja determinó que existía un faltante considerable de las recaudaciones –entre junio y agosto de 2019– y presentó la denuncia respectiva, con lo que Fiscalía inicio una investigación y posteriormente formuló cargos contra la responsable del dinero, por presunto peculado.
Entre las principales pruebas presentadas se incluyen: la pericia contable, con la que se determinó el monto faltante en perjuicio de las arcas municipales, además de las acciones de personal que confirmaron su cargo dentro de la entidad.
También, el testimonio del Director Financiero del Municipio, de la Jefa de Recaudaciones y de tres de los compañeros de la procesada, quienes también cumplían funciones de recaudadores, con lo que se confirmó que existió un proceso sistemático para desviar los fondos.
Según los miembros de Tribunal, las pruebas fueron suficientes para comprobar la existencia del delito y la responsabilidad de la procesada.
Información jurídica
El delito de peculado está tipificado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de diez a trece años.
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