Ex Fiscal es condenada a 6 años de cárcel por concusión
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 877-DC-2020
Esmeraldas (Esmeraldas), 03 de octubre de 2020.- Tribunal de la Sala Multicompetente de la Corte de Justicia de Esmeraldas, con voto de mayoría, sentenció a la exfiscal de Esmeraldas, Madeline M., y le impuso una pena privativa de libertad de seis años, como responsable del delito de concusión.
Además, dispuso el pago de la reparación integral en favor de las víctimas, cuya suma será notificada en la sentencia escrita.
En el anuncio oral de la sentencia, la Jueza ponente señaló que, luego de analizar las pruebas presentada durante el juicio, se probó, más allá de cualquier duda, la materialidad de la infracción y la responsabilidad –en grado de autor–, por lo que se la declaró culpable del delito de concusión, tipificado en el artículo 281, segundo inciso, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Durante la audiencia, que se extendió desde el 3 de septiembre de 2020 hasta hoy, el fiscal provincial de Imbabura, Ghen Rea, expuso gran cantidad de prueba testimonial, pericial y documental, que sirvió para que los jueces tomaran su decisión.
Con relación al procesado Luis M., hermano de la ex Fiscal, el Tribunal resolvió que la prueba resultó insuficiente para dictar sentencia condenatoria y ratificó su estado de inocencia, resolución que no fue compartida por el Fiscal a cargo del caso, quien señaló que se presentará la apelación correspondiente.
Entre las pruebas más importantes presentadas ante el Tribunal se incluyen los informes de seguimientos, triangulación y escuchas telefónicas, en las que se detalla su modus operandi; testimonios de los denunciantes, quienes detallaron que la ex Fiscal exigía dinero con amenazas y a través de su hermano, Luis M., a cambio de servicios que son gratuitos y que les generarían beneficios judiciales.
Dato jurídico
El COIP sanciona el delito de concusión con pena privativa de libertad de cinco a siete años a los servidores públicos o personas con potestad estatal que, abusando de su cargo o funciones, por sí o por medio de terceros, ordenen o exijan la entrega de derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones no debidas.
Este acto se enmarca en la política institucional de cero tolerancia ante la corrupción, compromiso asumido por todos los funcionarios a través del Código de Ética de la Fiscalía General del Estado.
Información adicional
Este caso fue desplazado hacia el Fiscal Provincial de Imbabura, por parte de la Fiscalía No. 3 de la Unidad de Lucha contra la Corrupción.
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