Ex Alcalde de Olmedo y 2 personas más son llamados a juicio por presunto tráfico de influencias

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 016-DC-2024

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Portoviejo (Manabí), 08 de enero de 2024.- Juez de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, luego de analizar los elementos de convicción presentados en la audiencia preparatoria de juicio, aceptó el pedido de la Fiscalía General del Estado y llamó a juicio al exalcalde del cantón Olmedo, Fausto A., y a Édison L. (exfuncionario municipal) y Doris V. (contratista) por su presunta participación en el delito de tráfico de influencias, cometido en una contratación irregular.

La Fiscal Provincial de Manabí, durante la audiencia, señaló que el proceso de investigación inició luego de conocer un Informe con Indicios de Responsabilidad Penal (IIRP) emitido por la Contraloría General del Estado, sobre una contratación que no cumplía con lo establecido en la Ley de Contratación Pública.

Según lo expuesto, el GAD Municipal de Olmedo efectuó un proceso de contratación para el “Diagnóstico del nivel de madurez organizacional, reforma del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, reforma al Manual de Descripción, valoración y clasificación de puestos”, por el cual se cancelaron 53.000 dólares.

Los más de treinta y tres elementos de convicción presentados determinaron que existiría un presunto tráfico de influencias, ya que el beneficiario del contrato no cumplía con las especificaciones técnicas para la ejecución del mismo, como contar con un título profesional relacionado al objeto de la contratación.

Además del resultado de pericias y análisis practicados al proceso de contratación, que fue firmado en 2019. Fiscalía también anunció las pruebas que serán presentadas en la audiencia de juicio.

El Magistrado que conoció la causa señaló que, con base en lo presentado por las partes procesales, existen serias presunciones del cometimiento del delito y de la participación de los involucrados. Por esa razón decidió que sean llamados a juicio.

Información jurídica

El tráfico de influencias está tipificado en el artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena privativa de libertad de tres a cinco años.

 

 

 

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