En apelación, se ratificó sentencia de 9 años de prisión por abuso sexual

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1074-DC-2023

Imagen de boletín: En apelación, se ratificó sentencia de 9 años de prisión por abuso sexual

Cuenca (Azuay), 13 de octubre de 2023.- La sentencia de nueve años y cuatro meses de privación de libertad impuesta al exdocente de la Escuela Ciudad de Gualaceo, Manuel Gustavo B., fue ratificada -en segunda instancia-, por la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay.

Los jueces rechazaron el recurso de apelación presentado por el sentenciado, por considerar que Fiscalía demostró –durante el juicio– su responsabilidad. Además, los magistrados dispusieron que cancele 3.000 dólares como reparación integral.

El delito ocurrió en el aula de clases del tercer grado, durante el periodo escolar 2015-2016, cuando la víctima tenía siete años de edad.

Una de las pruebas fundamentales fue el testimonio de la niña, quien reveló que en varias ocasiones el docente la llevó detrás de un armario, para agredirla sexualmente. La amenazaba que si le avisaba a su mamá, la llevaría a la Dirección y a su papá a la cárcel.

Para esto, el agresor obligaba a los otros niños a que permanezcan en la puerta y le avisen de la presencia de alguna persona. Cuando no le hacían caso, les agredía físicamente.

Los jueces escucharon los testimonios de la mamá de la niña, de sus compañeras de clases, quienes también fueron agredidas sexualmente por el docente.

Asimismo, de uno de los niños que vigilaba el aula y las oficinas de la directora y de la psicóloga del establecimiento educativo.

Los peritos en psicología y en trabajo social concluyeron que la víctima tiene tendencia al llanto, a estar deprimida y que desarrolló conductas agresivas dentro del aula, como consecuencia del delito.

Entre la prueba documental fue presentada la acción de personal y el proceso de sumario administrativo, con el cual el Ministerio de Educación suspendió definitivamente de la docencia a Manuel Gustavo B.

Información jurídica

El artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal tipifica al delito de abuso sexual como un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal. Cuando la víctima es menor de 14 años y mayor de seis años es sancionado con privación de libertad de cinco a siete años. En este acaso se aplicaron circunstancias agravantes.

Fiscalía inició otros tres procesos en contra de Manuel Gustavo B., por abuso sexual a otras víctimas menores de edad. En uno de estos obtuvo sentencia condenatoria y en los otros dos se dictó auto de llamamiento a juicio, sin embargo que están suspendidos porque se fugó luego de obtenida la primera sentencia.

 

 

 

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