En apelación, se ratifica sentencia para responsable de contrabando de un vehículo de alta gama
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 097-DC-2023
Quito (Pichincha), 02 de febrero de 2023.- Por unanimidad, Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia negó el recurso de apelación interpuesto por Rául S. y ratificó la sentencia condenatoria de tres años de privación de libertad por el delito de contrabando de un automotor.
También deberá cancelar una multa de 130.000 dólares.
La Fiscal del caso, de la Unidad Especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti), –en la audiencia de apelación– señaló que, mediante el informe técnico aduanero de reconocimiento, clasificación arancelaria y cálculo de tributos, se demostró que el vehículo fue fabricado en 2014, con un valor FOB (precio de mercado de los bienes en la frontera del país exportador) de 65.000 dólares, siendo los impuestos arancelarios a cancelar de 76.000 dólares.
Además, aclaró que en el expediente fiscal reposan los documentos que evidencian que el automotor fue ingresado a los patios de retención.
Con estos argumentos, Fiscalía desvirtuó los fundamentos expuestos por la defensa del ya sentenciado, quien con el recurso planteado pretendía que se ratifique su estado de inocencia.
La Fiscal del caso expuso también las demás pruebas presentadas en la etapa de juicio con las que se demostró que Raúl S. no fue un comprador de buena fe del bien.
Los hechos
El 13 de abril de 2018 –por información reservada–, los agentes policiales fueron alertados de que en el sector del antiguo Aeropuerto de Quito, en el patio de matriculación vehicular de la Agencia Metropolitana de Tránsito, se encontraba un vehículo de alta gama.
El procesado estaba estacionado en este sitio, por lo que los uniformados se le acercaron para pedirle documentos de identificación y de propiedad del automóvil.
Al momento de verificar los datos en el Servicio de Rentas Internas, se evidenciaron irregularidades: el código aduanero de matriculación vehicular que apareció en el sistema le pertenecía a otro automotor, es decir, no contaba con un número asignado de importación.
Información jurídica
Raúl S. fue sentenciado con base en el artículo 301, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya pena privativa de libertad es de tres a cinco años.
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