En apelación, se ratifica sentencia contra 2 procesados por pornografía infantil
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 867-DC-2022
Quito (Pichincha), 17 de noviembre del 2022.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha desechó el recurso planteado por dos sentenciados por el delito de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes y ratificó la sentencia emitida por un Tribunal de Garantías Penales, con el sustento de las pruebas esgrimidas por Fiscalía.
En la audiencia de apelación, el fiscal de la Unidad de Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti), Mario Muñoz, se refirió a las pruebas presentadas en la audiencia de juzgamiento, llevada a cabo en noviembre de 2021, que fueron determinantes para demostrar la responsabilidad de los procesados en el delito.
Entre estas se incluyeron: el examen médico-legal, la inspección ocular técnica, la pericia antropológica, la extracción y materialización de la información, la pericia de identidad humana, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y los testimonios de los agentes policiales. También se citó el testimonio anticipado de la víctima, una niña de 9 años.
Al escuchar el argumento de Fiscalía –y con base en las pruebas justificadas nuevamente–, la Sala ratificó la sentencia de treinta y cuatro años y ocho meses de cárcel para Armando R. C. y de veintinueve años y cuatro meses para Gabriela A. M., como autores del delito de pornografía infantil. Además, se confirmó el pago de 2.000 dólares por daños materiales e inmateriales como reparación integral a la víctima, por parte de cada uno de los sentenciados.
Los hechos ocurrieron el 15 de julio de 2021. Una fuente humana alertó a la Policía sobre el cometimiento del delito de pornografía infantil en un inmueble ubicado en el barrio La Comuna.
Fiscalía y Policía, mediante acto urgente, allanaron la vivienda de los ya sentenciados. En este procedimiento se levantaron indicios, entre los que constan: celulares y un disco compacto (CD) que contenían videos de niños, niñas y adolescentes en escenas de carácter sexual. La víctima es la sobrina del sentenciado.
Información jurídica
El delito de pornografía infantil está tipificado en el artículo 103, inciso 1 –en concordancia con el inciso 3–, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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