En apelación, procesado es llamado a juicio por presunto tráfico de drogas a gran escala
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 016-DC-2023
Quito (Pichincha), 10 de enero de 2023.- Jarrinthon Adrián L. P. continúa procesado por su presunta participación en el delito de tráfico de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización –a gran escala–, por el que Fiscalía lo acusó en calidad de autor directo.
La Corte Provincial de Justicia de Pichincha, aceptó el recurso de apelación presentado por la fiscal especializada en Delincuencia Transnacional e Internacional, María Susana Rodríguez, revocando el auto de sobreseimiento que un Juez de la Unidad Judicial Penal con sede en la parroquia de Quitumbe resolvió a favor del acusado, en noviembre de 2022.
Fiscalía, al no estar de acuerdo con esa resolución, apeló esta decisión y, en audiencia ante los jueces superiores, motivó nuevamente su acusación en contra de Jarrinthon Adrián L. P., citando los treinta y ocho elementos de convicción que –a decir de la fiscal María Susana Rodríguez– no fueron valorados por el Juez de primera instancia.
Sobre la base de estos elementos, los magistrados consideraron que el procesado sí tendría participación en los hechos registrados el 10 de mayo de 2022, cuando la Policía lo aprehendió transportando una caja con 48 fundas que contenían 23 kilos con 732 gramos de marihuana. Por eso, dictaron el auto de llamamiento a juicio y ordenaron su prisión preventiva por pedido de la Fiscal del caso.
Junto a Jarrinthon Adrián L. P. también es imputado José B. El sí fue llamado a juicio por el Juez de primera instancia. El día de los hechos, este último fue aprehendido con dos sacos de yute que contenían 50 kilos con 193 gramos de marihuana. Es decir, entre ambos procesados se incautó un total de 73 kilos con 925 gramos de dicha sustancia.
En la audiencia de apelación, la defensa de Jarrinthon Adrián L. P. pretendió convencer a los jueces que él desconocía el contenido de la caja que transportaba, argumentando que es profesor de artes marciales y que José B. –uno de sus aprendices– ofreció pagarle con víveres las clases impartidas, víveres que –supuestamente– estaban en la caja.
Lo cierto que es que el paquete que le entregó no contenía alimentos, sino la sustancia aprehendida que ahora consta como evidencia del presunto delito que se les imputa a los dos acusados.
Información jurídica
Fiscalía acusó a los procesados por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización (a gran escala), tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal d, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya pena privativa de la libertad va de diez a trece años.
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