En apelación, Fiscalía obtiene sentencia para curandero por homicidio culposo

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1345-DC-2023

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Riobamba (Chimborazo), 27 de diciembre de 2023.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Chimborazo acogió el recurso de apelación presentado por Fiscalía y sentenció a tres años de pena privativa de libertad a Alberto Ll., como responsable del homicidio culposo perpetrado contra Édgar S. T. en septiembre de 2022.

El Fiscal de la Unidad de Personas y Garantías a cargo del caso apeló la resolución del Tribunal de primer nivel, que ratificó el estado de inocencia del procesado, señalando que existían contradicciones entre los testigos presenciales del hecho. Sin embargo, Fiscalía impugnó esta decisión, fundamentando que se trató de un homicidio culposo y que las pruebas presentadas y justificadas por esta Institución lo demostraron.

El 29 de agosto de 2022, la víctima acudió –junto con su esposa– al local donde el ahora sentenciado prestaba sus servicios, en el centro de Riobamba, para solicitarle una “curación”.

Alberto Ll. le dijo al hombre que el tratamiento consistía en tres “limpias”. Ese día practicó el primer procedimiento y le solicitó que regrese al día siguiente, lo que fue cumplido por la víctima.

Para el tercer día, el curandero llegó al domicilio de la víctima, en el barrio San Martin de Veranillo, en el norte de la ciudad, donde colocó unas velas encendidas en el piso de una habitación y luego sopló licor. Como resultado, la víctima se prendió en llamas.

El hecho fue presenciado por la esposa y el hijastro del afectado, quienes lo trasladaron al Hospital Docente; sin embargo, por la gravedad de sus quemaduras fue trasfirido al Hospital Luis Vernaza en Guayaquil, donde falleció el 5 de septiembre de 2022, a causa de una falla multiorgánica por quemaduras de segundo grado, que comprometieron el 90% de la superficie corporal.

Entre los elementos probatorios presentados en la audiencia de apelación se incluyeron: los testimonios de la esposa y del hijastro de la víctima, de los policías que investigaron el caso, del médico-legista que practicó la autopsia médico-legal, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, entre otros.

Información jurídica

La Fiscalía procesó este caso con base en lo dispuesto en el artículo 145, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de homicidio culposo con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

 

 

 

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